La Audiencia de Sevilla ha condenado este jueves a una mujer por un delito de asesinato en grado de tentativa cometido sobre su pareja, un varón al que ató a un sillón mientras estaba dormido, para después apuñalarle dos veces; extremos que ha reconocido la inculpada, aceptando una pena de dos años de prisión que ha quedado suspendida siempre que no vuelva a delinquir durante el mismo periodo de tiempo y satisfaga la responsabilidad civil de 61.000 euros.
Así ha quedado de relieve en la vista celebrada la mañana de este jueves en la Sección Primera de la Audiencia contra esta mujer llamada Magdalena.
En el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press y asumido por la inculpada fruto de un acuerdo de conformidad entre su defensa, la acusación particular ejercida por la víctima y el Ministerio Público, se detalla que los hechos se remontan a las 22,00 horas del 17 de agosto de 2020 y acontecieron en una vivienda de Villanueva del Ariscal que compartían la encartada y su pareja.
Según el Ministerio Fiscal, la acusada se dirigió a su pareja cuando este hombre estaba «dormido en un sillón» y «procedió a atarle la mano y el pie derecho a la pata» del sillón; tras lo cual le clavó un cuchillo en el hemitórax izquierdo, practicándole una herida de 12 centímetros de trayectoria que le alcanzó el pulmón.
Después, siempre según la Fiscalía y como ha admitido la acusada, la mujer realizó a su pareja «una herida incisa de dos o tres centímetros en el hueco supraclavicular derecho», afectando a «vasos de mediano calibre, con sección de la vena yugular anterior y del nervio recurrente derecho», entre otros aspectos.
HERIDAS «POTENCIALMENTE MORTALES»
Se trata de lesiones que según la Fiscalía, «supusieron un riesgo para la vida del interesado, al tener un carácter potencialmente mortal, habiendo afectado a órganos y estructuras vitales».
El Ministerio Público admite que tras los hechos, la acusada «llamó a los servicios de urgencia manifestado que había apuñalado a su pareja», acudiendo los facultativos sanitarios, que trasladaron al varón afectado a un centro hospitalario, donde «se pudo salvar su vida».
Finalmente, el Ministerio Público expone que en el momento de los hechos, la acusada era consciente de lo que hacía aunque «con una valoración distorsionada de la realidad, con la voluntad gravemente alterada e importante limitación de los frenos inhibitorios».
RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS Y REBAJA DE PENA
Así, la Fiscalía pedía inicialmente para ella una pena de ocho años de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa con la agravante mixta de parentesco, la atenuante de confesión y la atenuante de arrebato, así como diez años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con él.
Sin embargo, fruto del acuerdo de conformidad entre su defensa, la acusación particular ejercida por la víctima y el Ministerio Público, mediante el cual la acusada ha admitido estos hechos, se le ha impuesto una pena de dos años de cárcel y siete años de alejamiento respecto a la víctima, por un delito de asesinato en grado de tentativa con la agravante mixta de parentesco, las atenuantes de confesión, alteración psíquica y reparación del daño, dadas las cuantías depositadas previamente para satisfacer los 61.000 euros de indemnización que habrá de abonar al varón agredido.
No obstante, su pena de prisión ha sido suspendida provisionalmente, siempre que no vuelva a delinquir durante dos años y abone los citados 61.000 euros a la víctima, según ha manifestado el presidente del tribunal al término de la sesión.