En estas fechas navideñas, cada vez va siendo más habitual que las familias decidan aprovechar estas vacaciones para viajar a destinos fuera de nuestras fronteras. Sin embargo, las vacaciones soñadas se pueden volver una pesadilla si las compañías aéreas dejan de cumplir con sus previsiones de vuelos, generando retrasos o cancelaciones de última hora, que pueden trastocar cualquier plan.
Es lo que le ocurrió a una vecina de Almansa (Albacete) y a su pareja. Según indican desde OCU, «a punto de volar de regreso a Alicante desde Amsterdam, y ya sentados en el avión, Vueling les comunica la cancelación del vuelo alegando problemas técnicos. Una vez desembarcados y sin recibir ningún tipo de ayuda, deciden buscar un hotel donde alojarse hasta el siguiente vuelo, que no será antes del día siguiente».
OCU añade que «tras la primera noche en Amsterdam, la compañía les indica que tendrán que esperar un día más y que el destino no será Alicante, sino Valencia, sin facilitarles una conexión entre estos dos aeropuertos. Y sin que Vueling les facilite asistencia durante su estancia en Amsterdam, por lo que los afectados se ven obligados a afrontar todos los gastos generados durante estos dos días: alojamiento, manutención y traslados».

Vueling no daba respuesta a esta vecina de Almansa (Albacete)
Según la organización de consumidores, «cuando dos días después llegan a su destino, la afectada, socia de OCU, interpone reclamación directamente a la compañía, solicitando solo y en un primer momento, el abono de los gastos que el retraso les ha supuesto. Tras no recibir respuesta por parte de la compañía, la afectada recurre a OCU, donde se la informa que no solo tiene derecho a que le reintegren los gastos generados, sino también una indemnización que, en este caso y debido a la distancia entre Amsterdam y Alicante (más de 1.500 kilómetros) ascendía a 400 euros por viajero. Así lo recoge claramente el Reglamento Europeo 261 / 2004 sobre los derechos de los pasajeros de aeronaves en caso de denegación de embarque, cancelación o retraso de vuelo».
Explica OCU que «la compañía Vueling decide entonces abonar a la representada por OCU los gastos justificados de manutención y alojamiento junto con una indemnización de 250 euros por viajero, es decir, una cuantía inferior a la prevista en la ley. OCU interviene de nuevo planteando una nueva reclamación a la que Vueling, tras más de tres meses desde que se generó la infracción, resuelve concediendo la indemnización íntegra solicitada (800 euros) más los gastos generados».
OCU Castilla-La Mancha recuerda que «en retrasos superiores a las tres horas en un trayecto aéreo que tenga por origen o destino un país de la UE no solo se genera un derecho a reubicación y abono de gastos como manutención y hospedaje, también una indemnización que varía en función de la distancia entre origen y destino».

