Fechas atrás desde El Digital de Albacete les informábamos de las quejas que varios vecinos del grupo de 60 viviendas situadas en la calle Nuestra Señora de Cubas 2 y 4 de Albacete presentaban debido al estado en el que se encontraban dichas viviendas y las zonas comunes de los edificios que las albergan, propiedad de la empresa pública GICAMAN, en la que son varias las viviendas que se encuentran ocupadas.
Según información que ha podido recabar El Digital de Albacete, el Gobierno regional ha llevado a cabo distintas acciones legales penales y civiles en diversos casos de ocupación ilegal en el grupo de 60 viviendas situadas en la calle Nuestra Señora de Cubas 2 y 4 de Albacete.
Fruto de estas denuncias se han iniciado 10 procedimientos judiciales por usurpación de vivienda en esta promoción que están en distintas fases de ejecución de los cuales existe 1 caso con fecha de lanzamiento de la vivienda fijado por el Juzgado para el próximo día 24 de este mes.
Además de eso, la empresa pública GICAMAN, como titular del inmueble, ha realizado numerosas actuaciones en estas viviendas: Así desde 2017 se han invertido en reparaciones y mantenimiento alrededor de 120.000 euros.
De esta manera, GICAMAN ha realizado numerosas intervenciones desde la entrega de la promoción.
Las últimas intervenciones han sido:
- Pintado de espacios comunes como escaleras y pasillos.
- Poda de arboleda..
- Cerramiento del Local de la Comunidad por el número de incendios y denuncias de actividades ilícitas.
- Cerramiento con puerta de seguridad, cámara y alarmas de cuarto de contadores de agua para evitar enganches ilegales.
- Trabajos de albañilería en espacios comunes En las anteriores actuaciones se incluyen la rehabilitación de pasillos y puertas por incendios presuntamente provocados.
En la actualidad se han solicitado presupuestos para la limpieza integral de las zonas comunes del edificio, reparación de escalones de acceso a la puerta principal, pintura de fachada exterior junto a la reposición de paneles de falso techo vandalizados.
VIVIENDA PARA QUIEN LA NECESITA PERO TOLERANCIA CERO CON LA OCUPACIÓN ILEGAL
La política del Gobierno regional es de doble sentido en relación al parque público de vivienda: por una parte, es esencial disponer de un parque residencial en buen estado para garantizar la calidad de vida de todas las personas y familias adjudicatarias del parque público de vivienda. Y por otro, la tolerancia cero con la ocupación ilegal para ofrecer seguridad jurídica a los legítimos inquilinos de las viviendas de protección pública, y en defensa de los recursos habitacionales públicos que deben estar a disposición de familias de nuestra región con dificultades, y no para el aprovechamiento ilícito.
No en vano, cabe recordar que desde la Consejería de Fomento, liderada por Nacho Hernando, se lleva trabajando desde hace años para solucionar un problema que transciende las fronteras de Castilla-La Mancha pero ante el que el Gobierno regional no permanece de brazos cruzados.

Así, en 2020 las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaban la Ley contra la ocupación ilegal de viviendas que incorporaba el desalojo exprés, el endurecimiento de penas y la lucha contra las mafias, que fue remitida al Congreso de los Diputados.
Entre los cambios que registra esta ley aprobada en Castilla-La Mancha se encuentra el de considerar la usurpación de inmuebles un delito grave proponiendo un endurecimiento de las penas hasta tres años -en caso de uso de la violencia o intimidación- y prisión o multa de hasta doce meses -en caso de ocupación pacífica no consentida-, así como el aumento del tiempo de prescripción del delito de uno a cinco años, ya que el actual plazo de prescripción de un año acarrea en múltiples ocasiones que el delito quede sin castigo, por haber prescrito. Asimismo, se encomienda a los tribunales un plazo de 48 horas para que se desaloje al ocupa ilegal.
La iniciativa legislativa contempla un aumento de los agravantes con sanciones a la utilización de las viviendas ocupadas para la comisión de otro tipos de delitos graves, como puedan ser la explotación laboral y sexual de personas; actos de prostitución y de explotación sexual y corrupción de menores; la elaboración, distribución y venta de sustancias estupefacientes; la ocultación de material robado o su receptación; el uso de fuerza en las cosas; o la reincidencia del autor o autores de la ocupación ilegal. Se penaliza no solo al autor, sino también a los promotores y a los incitadores de una ocupación ilegal.
La ley introduce atenuantes como la conmutación de la pena a trabajos en beneficios de la comunidad si la o las personas ocupantes abandonan el inmueble en los tres primeros días.
Además, con este proyecto legislativo se fortalecen el catálogo de diligencias y medidas cautelares que permita a los tribunales disponer el desalojo inmediato y la recuperación provisional del bien ilícitamente usurpado, en tanto en cuanto se continua la investigación judicial para calificar jurídicamente los hechos y pretende residenciar el delito en el ámbito del juicio rápido por la vía penal, en vez de en el ámbito de juicio con jurado.
De igual manera, recoge el fortalecimiento tanto del papel de los ayuntamientos como de comunidades de vecinos para hacer frente a la ocupación ilegal y propone que ambos queden legitimados para poder denunciar ocupaciones.
Asimismo, se propone modificar las reglas del padrón municipal para impedir la inscripción de los ocupas, de tal manera que empadronarse pasa a ser una obligación del ciudadano y no de la Administración y la o las personas ocupantes ya no podrán utilizar el empadronamiento como cobertura para su actividad ilícita, considerándose su empadronamiento nulo. En todo caso, las Administraciones públicas podrán desarrollar la normativa necesaria para conceder prestaciones sociales básicas como la escolarización o la asistencia sanitaria a quienes no se encuentren empadronados.
La ley además recoge que se faculta al Gobierno de España a promover un fondo social de viviendas estable.