El portavoz del Grupo Municipal del PSOE y ex alcalde de Albacete, Emilio Sáez ofrecía este martes una rueda de prensa para dar a conocer una sentencia que condena al medio de comunicación Visión 6 “por graves injurias”, indicaba el socialista.
La propia cadena de televisión respondía a las palabras de Emilio Sáez, asegurando sobre la rueda de prensa ofrecida por el dirigente del PSOE que “a esta casa no se le invitó para ejercer su derecho a preguntar a pesar de que el socialista enarbola la bandera de la libertad de prensa”.

La respuesta de Visión 6 a Emilio Sáez
Al respecto, desde el medio de comunicación contestaban a Sáez “sentencia en mano”, con el objetivo de ofrecer a los albaceteños “los datos que el ex primer edil omitió”, puntualizaban. “Primero queremos decirle al señor Sáez que contra la presente sentencia podrá interponerse un recurso de apelación dentro de los diez días siguientes a su notificación escrita”, exponían desde el medio de comunicación.
En segundo lugar trasladaban que “el señor Sáez solicitó una indemnización de 500.000 euros, pero tras su querella la condena a Cable Televisión S.L. asciende a una cantidad eventual de 25.000 euros”, añadiendo que supone “un 5% del total de sus pretensiones”. Además, especificaban que “la sentencia solo acepta cinco vídeos de una treintena denunciados por Emilio Sáez que esta cadena emitió entre septiembre de 2017 y octubre de 2019”.
Igualmente, recogen que “la sentencia recrimina determinadas expresiones”, pero otorgaba por válidas otras de las emitidas por Visión 6. En concreto, detallaban que “la sentencia ratifica que estas últimas son formas de expresar lo sucedido por las que el querellante pude considerarse comprensiblemente dolido y ofendido, pero en cuanto quieren denunciar una situación existente, la sentencia lo considera comprendido dentro de los excesos permisibles en una sociedad democrática, sobre todo, cuando el afectado es una figura de relevancia pública”.
Además, desde el medio de comunicación volvían a recordar que “esta sentencia no es definitiva” ya que “se puede interponer un recurso de apelación”.