El autor de la muerte de María Isabel en Albacete: “Pido perdón a la familia. Estoy súper arrepentido”

Ministerio Fiscal como las acusaciones particulares se reafirman en la petición de prisión permanente revisable para el acusado

Este martes ha tenido lugar la quinta de las sesiones del juicio del acusado de asesinar a María Isabel, trabajadora de la ONCE en Albacete, con el trámite de conclusiones, momento en el que la Fiscalía, la acusación particular y la defensa han expuesto sus informes finales acerca de los hechos que han considerado probados. 

Acusado de asesinar a María Isabel en Albacete / Foto: EFE - Pool - Manu
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete acoge desde este lunes el juicio contra el acusado de asesinar a la vendedora de cupones de la ONCE / Fotos. EFE/ Manu

Tanto el Ministerio Fiscal como las acusaciones particulares se reafirmaron en su petición de prisión permanente revisable, dando por probado que el acusado es culpable de un delito de asesinato con agravantes y descartando las eximentes propuestas por defensa, como las de confesión, arrepentimiento o arrebato.

Concluidos los informes finales la magistrada del tribunal llamaba al acusado al estrado quien ha tomado la palabra para “pedir perdón a la familia por el daño que les he causado. Estoy súper arrepentido. No sé lo que se me pasó por la cabeza cuando hice esas cosas. Esto es duro”.

La víctima era “una persona vulnerable por razón de su discapacidad”

Así, el escrito de conclusiones el Ministerio Fiscal las ha elevado a definitivas por lo que se acoge al escrito de acusación inicial, pidiendo para el acusado la prisión permanente revisable por un presunto delito de asesinato, así como un año más por un presunto delito de hurto y una indemnización de 75.000 euros para cada uno de sus padres y 20.000 más a cada uno de sus dos hermanos. Tan solo añadiendo una serie de modificaciones con respecto al escrito de conclusiones provisionales: “En el relato de hechos el acusado está detenido desde el 24 de agosto de 2021 y en prisión provisional por esta causa desde el 27 de agosto de 2021. Así como ha añadido también el fiscal en cuanto a la comisión de los hechos que en un momento dado el acusado le propinó un empujón a María Isabel que hizo que por los problemas de movilidad derivados de la minusvalía que padece cayera al suelo. Que María Isabel le dijo que lo iba a denunciar y que aprovechando que estaba en el suelo sin poder levantarse se puso encima de ella a horcajadas; además de que presentaba una minusvalía y le afectaba a la parte de derecha”. Así ha agregado la pena de inhabilitación absoluta y el resto de conclusiones las ha elevado el fiscal a definitivas.

El fiscal ha señalado, gracias a los testimonios y las pruebas presentadas, por qué se acusa a este hombre “del más grave de los delitos” y se solicita “la más grave de las más penas” que contempla el Código Penal y que establece una pena superior al delito de asesinato en los que concurra una serie de circunstancias: menor de 16 años o sea una persona vulnerable por razón de su discapacidad, como en este caso. Hasta el acusado dijo “que no podía levantarse porque la minusvalía le impedía levantarse”. Y es que ha manifestado el fiscal que “ha quedado claro de las manifestaciones de sus padres, amigos, que María Isabel era una persona que tenía una gran dificultad para la deambulación, le afectaba a la pierna y al brazo, para desarrollar labores de la vida diaria, dificultad para expresarse y era confiada”.  En este punto ha señalado el fiscal que nos encontraríamos en un delito de homicidio, que “de forma intencionada causa la muerte de otra persona, pero, no solo eso, sino que cuando en la muerte de la persona concurren unas determinadas circunstancias es un delito de asesinato. Considero que la muerte de María Isabel a parte de ser una muerte dolosa, intencionada, es una muerte alevosa. María Isabel no tuvo ninguna posibilidad de defenderse hasta que ocasionó la muerte por asfixia de la víctima. No me cabe ninguna duda de que la muerte de María Isabel fue una muerte alevosa y constitutiva del delito de asesinato por el cual se acusa por el fiscal”. Ha señalado que “no pudo defenderse como se ha mostrado en las muestras de María Isabel en los restos de ADN”. 

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete acoge desde este lunes el juicio contra el acusado de asesinar a la vendedora de cupones de la ONCE / Fotos. EFE/ Manu

Así ha desgranado el fiscal que el acusado “ha reconocido los hechos, manifestó la forma y las circunstancias en las que se produjo la muerte de María Isabel”. Ha señalado el fiscal que “no hubo accidente en la muerte de la víctima, porque este señor dijo que le había dado un empujón; pero es que no muere como consecuencia de un golpe, no tiene herida de arma blanca, muere porque la asfixia”.

El fiscal ha terminado señalando que las circunstancias atenuantes de la defensa, confesión, “yo entiendo que no existe, porque debe ser antes de que el acusado lo haga sabiendo que está investigado. Y luego se habla de una circunstancia de arrebato con un estímulo pasional. ¿Justifica que le diga que le iba a denunciar? Le quita el dinero, le quita los ‘rascas’. Como está tan confuso y arrepentido coge el móvil de María Isabel y lo tira en un contenedor en la Pulgosa. Y, como está tan arrepentido, borra la llamada que le había hecho a María Isabel. ¿Para qué la borra?. Como estaba tan confuso y arrepentido, dedica a emparedar el cuerpo de María Isabel, pero lo hace de forma que la construcción impida que nadie pueda encontrar el cuerpo ni salgan olores”.  Por lo tanto, ha matizado el fiscal “la conducta del acusado lo que me demuestra es que no existiera arrebato, es más, después de causarle la muerte hace todo lo posible para ocultar esa muerte y luego en dos llamadas habla de la desaparición de María Isabel, a sangre fría, la tiene en su casa emparedada y habla con otro en plan jocoso sobre su posible aparición… Ni existe arrebato, ni obcecación, arrepentimiento, ni nada de nada, solo la conducta alevosa y aprovechándose de la situación de desvalía y de forma injustificada le causó la muerte a María Isabel”. Por lo tanto, ha pedido al tribunal del jurado que valoren e interpreten todas las pruebas y manifestaciones de las partes, “no hay duda sobre el veredicto que a mi juicio debe dictarse”, ha concluido el fiscal.  

Por su parte, la acusación particular de los padres y el hermano que vivían con María Isabel, ha añadido unas modificaciones en sus conclusiones, detalles que ha manifestado el abogado han surgido en las sesiones del juicio. “María Isabel sufrió una hemiplejia derecha con parálisis cerebral, teniendo una inteligencia límite y una extensible cojera en la pierna derecha, así como una limitación del brazo derecho y ciertas dificultades para hablar y expresarse con claridad. Se trata de una persona especialmente vulnerable tanto por razón de su discapacidad así como por su carácter amable. Era muy confiada con las personas con las que trataba y en modo alguno podía esperar que la pudieran maltratar y mucho menos atentar contra su vida. María Isabel ha sido calificada por las personas con las que se relacionaba como una niña”. Una vez relatando los hechos, ha continuado detallando el abogado, “en el salón de la vivienda el acusado agredió a María Isabel empujándola y cayendo de espaldas al suelo en un ataque totalmente sorpresivo e inesperado para María Isabel y sin el más mínimo riesgo para la integridad física del acusado. A María Isabel no le dio tiempo a reaccionar, no pudiendo defenderse por ello y además porque el acusado la sujetó tanto de uno de los brazos como una de las piernas. Así se colocó sobre María Isabel sujetándola por el cuello y presionado tal parte del cuerpo, sin llegar a ocasionar ninguna fractura ni hemorragia, que por la presión fue suficiente para que perdiera la vida por asfixia. El acusado permaneció presionando el cuello de la víctima de forma ininterrumpida hasta que observó que la misma había fallecido, según dijo el acusado, al dejar de respirar y tener los ojos abiertos. Y por último se dice que el acusado manifestó que buscó la muerte de María Isabel por el miedo que tenía por ser denunciado ya que cuando cayó al suelo según sus manifestaciones, le dijo, “te voy a denunciar”, refiriéndose al maltrato del que había sido contra el suelo. En definitiva, para evitar que se descubriera el referido maltrato, no queriendo ir a la cárcel porque ya había estado unos años antes por drogas, según su pensamiento el maltrato era algo muy castigado por las leyes de violencia de género”. 

Así, ha concluido el abogado de la acusación particular de los padres y el hermano de la víctima que “la forma no puede ser más cruel y con el carácter que tiene el acusado demuestra una ausencia total de escrúpulos”, ha enfatizado el abogado que, “se tira encima de ella, le bloquea un brazo y una pierna de ella, él dijo que ella no se pudo defender, él procura además que no se pueda mover. La coge del cuello y le aprieta, no para rompérselo, un minuto o minuto y pico, hasta en el momento que deja de respirar y deja de apretar, de forma tan cruel y macabra. Una vida que trunca de una persona buena, trabajadora, amable, que convivía con sus padres y hermano. Especialmente querida. Que pudo superar las trabas como consecuencia de su minusvalía y que fallece y deja a su familia en una situación dolorosa, que como me han manifestado, les causa una muerte en vida”. Y es que ha asegurado que la familia “busca que se haga justicia”, ha concluido el abogado declarando la culpabilidad del acusado. 

Y por otro lado, la acusación por parte de la otra hermana de la víctima la abogada ha realizado una modificación en cuanto a los hechos punibles, añadiendo un punto en el que ha detallado que “el perfil de Maribel era de una persona muy confiada, amiga de sus amigos, y, sobre todo, especialmente vulnerable, no solo por su discapacidad física evidente que tenía hemiplejía en el lado derecho del cuerpo que le provocaba dificultad y la movilidad; además por ser una persona extremadamente confiada y tener diagnosticada inteligencia límite que provocaba que tuviera un retraso, lo que le hacía actuar como si estuviera en una burbuja constante, en un mundo sin peligro porque era como una niña, como han descrito sus amigos y familiares”. Además ha agregado que el suceso fue “un ataque sorpresivo e inesperado para la fallecida a la cual no le dio tiempo a reaccionar, estando totalmente indefensa, siendo consciente y conocedor en todo momento de esta intención por parte del acusado aprovechando esta circunstancia y minusvalía para sujetar los brazos, una de las piernas, sujetándole por el cuello, presionándolo hasta que la presión era suficiente para que perdiera la vida por asfixia, hecho que comprobó el acusado cuando vio que la víctima tenía los ojos abiertos. El acusado manifestó que buscó la muerte de María Isabel por el miedo que tenía a ser denunciado por la agresión, para evitar que fuera descubierta porque no quería ir a la cárcel porque ya había estado por un tema de drogas”. La abogada ha concluido enfatizando que la “vulnerabilidad ha quedado demostrada y que la llevó a entrar en la boca del lobo”.

Cabe recordar que las acusaciones particulares, por un lado los padres y el hermano que vivían con ella y por otro la otra hermana de la víctima, piden también la prisión permanente revisable para el acusado por el mismo delito, si bien se solicitan 150.000 euros para cada uno de los progenitores de la víctima y 50.000 euros para cada hermano.

El abogado de la ONCE se ha adherido al Ministerio Fiscal.

“Confesó lo sucedido”

Por el contrario, la defensa ha elevado sus conclusiones a definitivas, sin introducir modificaciones. Así, la abogada ha negado los escritos de las anteriores partes y ha señalado que lo sucedido con María Isabel “no fue premeditado” que el acusado “actuó así por temor, miedo y arrebato al carecer de los medios necesarios para resolver la situación” y que “desde el primer momento confesó lo sucedido. Nunca eludió su responsabilidad” y que “se sintió muy triste y arrepentido desde el minuto uno”. Es por ello que pide que de ser condenado sea por homicidio imprudente, a cuatro años de prisión; o, en su defecto, por homicidio con dolo eventual a 10 años de prisión.

Llegados al final de este juicio, en su informe final ha resumido la abogada de la defensa que los “hechos han quedado acreditados y reconocidos por el acusado desde el minuto uno, el 24 de agosto, sin dar tiempo a nada, de manera espontánea el acusado dijo: “la he matado y está debajo del cemento”. Más tarde, en comisaría, ha desgranado la abogada, el acusado “declara su derecho a declarar ante su señoría, el acusado no hizo en comisará una declaración formal, pero confesar ya lo había dicho a las puertas de su casa. Dijo lo que pasó, dónde estaba el cuerpo y ese mismo día quedó todo resuelto. ¿Es esta situación la misma que no decir exactamente nada?. Él podía o no haber declarado delante de ustedes o solo a mis preguntas, pero ha querido ser coherente y congruente y quiso declarar. Porque el acusado confesó tanto los forenses como los peritos pudieron decir que la causa de la muerte no se pudo determinar al 100%. Si se le cree para una cosa, también se le tiene que creer para la otra”, añadía para defender la confesión como atenuante. “De acuerdo con las manifestaciones del entonces investigado, la causa de la muerte podía ser compatible con una asfixia, porque él lo cuenta “presión leve del cuello”. El caso fue resuelto en horas, no con el resultado deseado y porque confesó se sabe la causa de la muerte”, ha incidido la abogada. Pero ha lanzado varias preguntas al tribunal del jurado de lo que a su parecer no ha quedado resuelto del caso “¿De quién era la sangre de un hombre que tenía debajo de las uñas María Isabel, y por qué tenía sangre suya en el mismo lugar?¿Cómo se entiende que aquella tarde acabara de esa manera?¿Cuál es el móvil de este presunto asesinato? ¿Económico? ¿Él podía saber lo que llevaba María Isabel? ¿Vas a planificar enterrar a tu amiga en tu casa por unos cupones que a saber si estaban premiados?. Esto solo puede ser entendido desde una situación sobrevenida, desde un arrebato”. Y es que ha incidido la abogada de la defensa que “ese te voy a denunciar le activó un click en el cerebro y ese sí pudo ser el único móvil. Sabemos que le quitó la vida, hablamos de un homicidio imprudente u homicidio por dolo. No podemos asumir que cometió un asesinato porque no hubo premeditación, alevosía, ocurrió en segundos y que jamás hubiera querido el acusado que sucediera. Fue un momento de caos, de miedo”. 

Por el delito de hurto se le pide un año más de prisión al acusado, delito que ha defendido la abogada “no se ha acreditado que llevara efectivo María Isabel. Él reconoció que se quedó con los 50 euros que le había dado y, lo más terrible, ¿si se hubiera quedado con dinero de ella no lo va a reconocer cuando ha reconocido que la ha matado?”, ha concluido la defensa.

Una quinta sesión del juicio en la que ha quedado pendiente para este miércoles la elaboración del objeto del veredicto, la relación de preguntas a las que debe dar respuesta el tribunal del jurado que dictaminará la inocencia o culpabilidad del acusado. 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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