La acusada María Ángeles P.C. ha negado que golpeara y diera muerte con un objeto contundente a José G. C., un hombre de 65 años minusválido al que conocía desde hace tiempo, y ha explicado que el día de los hechos acudió al domicilio de éste, adonde entró y, al encontrárselo en el suelo, creyó que estaba borracho y le llevó a la cama.
A preguntas del fiscal durante la primera sesión del juicio con tribunal de jurado que se celebra este lunes en la Audiencia Provincial de Ciudad Real por unos hechos sucedidos en noviembre de 2020, la acusada ha negado que ambos discutieran, que le golpeara y le pusiera un cojín en la cabeza como recoge el escrito de conclusiones provisionales de la fiscalía.
La acusada ha reconocido que conocía a Pepe, como ella le llamaba habitualmente, hace más de 20 años, con el que coincidía para beber y con frecuencia acudía a su casa, porque ambos se ayudaban por los problemas que él mantenía con el alcohol y ella con las drogas.
María Ángeles P.C. ha relatado que el día de los hechos acudió al domicilio de José G.C. después de haber tomado lo de siempre, metadona, pastillas de tratamiento psiquiátrico y alcohol.
Una vez a las puertas de la vivienda de la víctima, llamó a la puerta, pero José no le abrió y le extraño que no le contestara a pesar de tener en la puerta el vehículo en el que se movía por la ciudad.
Al irse, ha indicado, golpeó con el tacón la moldura de la parte de abajo de la puerta, que se cayó, lo que le permitió ver a José G.C. tumbado en el suelo.
Eso le llevó a entrar en la vivienda con la intención de ayudarle, y ha comentado que lo ayudó a levantarse del suelo y, andando perfectamente, le llevó hasta la cocina para mojarle la cara con agua, y que al entender que se encontraba borracho, decidió tumbarlo en la cama con un cojín puesto detrás de la cabeza para evitar que se ahogara en caso de que vomitara.
Ha comentado que llegó a mirar si en la vivienda había alguna persona más o faltaba algo, pero que no echó en falta nada y tampoco observó la presencia de otras personas.
En ningún momento, ha relatado ante los miembros del tribunal del jurado, vio que la víctima tuviera sangre porque, ha dicho, era de noche y accedió a la vivienda sin luz, guiándose solamente por la luz de las farolas que entraban por la ventana.
María Ángeles P.C. ha mantenido que siempre pensó que José G.C. estaba borrado y que no iba a morirse, de ahí que decidiera no llamar a una ambulancia.
Sobre el porqué se llevó la televisión cuando abandonó la vivienda, ha comentado que lo hizo porque se encontraba mal, con el síndrome de abstinencia y la necesitaba para venderla y así poder conseguir alguna dosis de droga.
El juicio ha comenzado con los alegatos iniciales de las partes en donde la fiscalía ha defendido su escrito de conclusiones provisionales por el que considera a la acusada culpable de un delito de homicidio doloso por el que pide una pena de 13 años y seis meses de prisión, y otro delito de robo en casa habitada por el que pide 4 años y tres meses de cárcel.
Además, la fiscalía considera que no hay ninguna circunstancia atenuante para la acusada, a pesar de ser consumidora de sustancias estupefacientes, ya que en el momento de los hechos no existe ninguna prueba pericial que indicara que estaba bajo la influencia de la droga.
Por su parte, la acusación particular pide una pena más elevada de cárcel para la acusada al considerarla culpable de un delito de asesinato, por lo que pide la pena máxima de 25 años, más cinco años por el robo.
Por su parte, la defensa de la acusada considera que no hay pruebas suficientes para inculpar a su clienta, y que en ningún caso se le puede atribuir el fallecimiento de la víctima, ya que incluso no se ha podido localizar el supuesto objeto con el que la fiscalía y la acusación mantienen que fue golpeado José G.C., quien sufrió un traumatismo craneoencefálico y un edema cerebral, que le obligó a estar hospitalizado y ser operado, y que falleció dos meses después

