Fue absuelto de matar a sus padres y le piden de nuevo 33 años de cárcel; recurrida la sentencia contra un vecino de la provincia de Albacete

Fiscalía considera a este vecino de Caudete (Albacete) culpable de matar a sus padres en una pedanía de Murcia

Según publica Onda Regional de Murcia, la fiscalía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que condene al vecino de Caudete (Albacete) absuelto el pasado mes de julio por la muerte de sus padres en la pedanía murciana de Sangonera, ocurrida en octubre de 2019. Este vecino de Caudete fue absuelto ya que el jurado popular lo declaró no culpable, por una mayoría de 5 a 4, aplicando el principio de ‘in dubio pro reo’ y que al pie de la letra significa “en caso de duda, a favor del acusado”.

Fue ayer jueves, 17 de noviembre, cuando la Fiscalía pidió mediante un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que se revoque la condena que absolvía a este vecino de Caudete (Albacete) y se le condene a los 33 años que el Fiscal ya pidió en su momento durante la celebración del juicio; tal y como explican desde Onda Regional de Murcia, que añaden que el Fiscal considera que existen indicios de sobra para considerarlo culpable por la presunta mala relación que tenía con sus progenitores y el hecho de que la puerta de la vivienda de los fallecidos no estuviera forzada.

LA FISCALÍA NO SE CREE LA VERSIÓN DE ESTE VECINO DE CAUDETE (ALBACETE)

Para la Fiscalía, y según recoge Onda Regional de Murcia, está más que probado que el día de autos el vecino de Caudete (Albacete) estaba en Sangonera y que no resulta para nada creíble la versión de esta persona, que afirma que había ido para comprar droga desde Caudete, donde vivía, a Murcia.

Proceso Judicial - Foto de archivo - Pixabay
Proceso Judicial – Foto de archivo – Pixabay – Caudete (Albacete)

Ahora tendrá que ser la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia la que tome una decisión y dicte sentencia, que se conocerá en los próximos días; tal y como afirman desde Onda Regional de Murcia.

ESTE VECINO DE CAUDETE (ALBACETE) FUE ABSUELTO EL PASADO MES DE JULIO

El pasado mes de julio la Audiencia Provincial absolvió al vecino de Caudete (Albacete) acusado de agredir con arma blanca a sus padres en su domicilio de la pedanía murciana de Sangonera causándoles la muerte en octubre de 2019 y provocar una deflagración en la vivienda posteriormente, según informaron fuentes del Tribunal Superior de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado en su momento.

Conforme al veredicto de no culpabilidad emitido por los miembros del jurado el pasado 7 de julio, el magistrado presidente absolvió al acusado de los dos delitos de homicidio y el delito de daños de los que le acusaba el Ministerio Fiscal, según se recoge en la sentencia.

Tras desgranar los hechos declarados probados y no probados por el jurado popular en su veredicto, el magistrado concluyó que “al argumentar que no hay prueba suficiente por la instrucción del procedimiento que justifique la presencia del acusado en el lugar de los hechos no sólo están descartando que haya prueba de cargo suficiente contra el acusado por el delito de daños agravados sino, obviamente, también en relación a los dos homicidios por los que era acusado; y ello, al no haberse obtenido prueba alguna en el interior de la vivienda que relacione directamente al acusado con los delitos cometidos allí dentro”.

Así, resumía la sentencia, el principal argumento de descargo de la mayoría del jurado y esencia de su veredicto de no culpabilidad, es “que no se han aportado pruebas suficientes con la instrucción de la causa, es decir, durante la fase de investigación (lo que abarca tanto la fase policial como la judicial)”.

Un momento de un juicio - Foto de archivo - PIxabay
Un momento de un juicio – Foto de archivo – PIxabay – Caudete (Albacete)

EN CASO DE DUDA, A FAVOR DEL ACUSADO

“Lo que hace la mayoría del Jurado al utilizar esta argumentación (que implica un conocimiento ciudadano certero sobre el funcionamiento en general de los procedimientos judiciales penales) de falta de pruebas suficientes referida a la fase de instrucción, no es otra cosa que acogerse a la regla in dubio pro reo”, explica el magistrado en la resolución.

La sentencia resaltó que durante el acto del juicio oral “fue objeto de fuerte preocupación permanente de los miembros del Jurado el que se pudieran aclarar lo que, a su juicio, parecían importantes déficits en la investigación”.

Y, en este sentido, apuntó como “muy significativa de esa inquietud de la mayoría del Jurado”, luego plasmada en su acta de votación, “algunas de las preguntas que formularon directamente, previa declaración de pertinencia, a los distintos comparecientes”, cuestionando, entre otras cosas, la falta de remisión de muestras del acusado a los laboratorios para cotejarlas con las halladas en el lugar de los hechos o el tiempo que pudo tardar la vela encendida en provocar la deflagración.

“Es decir, ante lo que a todas luces parece representar una convicción de insuficiente investigación de los hechos y las dudas que ello les genera, entienden, conforme a las instrucciones recibidas según ley, que deben formular un pronunciamiento de no culpabilidad”, concluyó.

Contra la sentencia cabía recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, algo que no desaprovechó la Fiscalía y al que se ha agarrado para intentar que el vecino de Caudete sea condenado a los 33 años de cárcel que pidió desde un principio.

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba