La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete acordaba por unanimidad precintar un equipo de música en un local de hostelería de ‘la zona’ hasta que los propietarios del establecimiento adopten las medidas necesarias para corregir las anomalías comprobadas.
Cese de la actividad de este equipo de música en Albacete
De este modo, especificaban que deberán presentar por escrito en el Registro del Ayuntamiento de Albacete las medidas adoptadas para subsanar este problema, a fin de ser comprobadas por los técnicos municipales.
Además, se extrae del acta de la Junta de Gobierno Local que el cese de ese equipo de música deberá producirse en el plazo de cinco días desde la comunicación del acuerdo adoptado, con advertencia de que en caso contrario se procederá a la ejecución subsidiaria por parte del Ayuntamiento de Albacete.
El equipo de música incumplía las condiciones requeridas en una Zona Ambientalmente Protegida
Esta actuación viene motivada tras la denuncia formulada en el Servicio de Salud Ambiental por molestias por ruidos procedentes del funcionamiento de la actividad de este establecimiento hostelero de ‘la zona’. Así, los técnicos de la Unidad Verde del Ayuntamiento de Albacete realizaron una inspección del establecimiento afectado, constatando que “el equipo de música instalado es un elemento capaz de superar los 75 decibelios (dB(A)), incumpliendo las condiciones de funcionamiento de la licencia municipal otorgada (sin actividad musical)”, recoge el acta de la Junta de Gobierno Local.
Por tanto, detallaban que los propietarios “deben proceder a la retirada del equipo de música o regularlo de tal forma que no se supere, por el funcionamiento del mismo los 75 dB(A) en el interior de este local” de Albacete. Igualmente especificaban que “el limitador instalado en el equipo de música incumple las características técnicas indicadas en el art. 317 de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente requeridas para un local ubicado en una Zona Ambientalmente Protegida”.
Del mismo modo, el personal de la Unidad Verde del Ayuntamiento de Albacete refería que los niveles de transmisión en el exterior del local derivados del funcionamiento del equipo de música al máximo en el momento de la inspección “incumplen lo indicado en el art. 274 de la OrdenanzaMunicipal de Medio Ambiente”.
Por todo ello, los propietarios de este establecimiento de hostelería deberán adoptar las medidas necesarias para subsanar esta anomalía detectada en el mencionado equipo de música a requerimiento del Ayuntamiento de Albacete.

