Cierto es que el ‘veroño’ se está alargando demasiado en Albacete y que las temperaturas de estos días están siendo más benevolentes de lo que debieran ser para las épocas del año en la que nos encontramos, pero de ahí a que haga calor como para bañarse en una fuente va un trecho.
Por surrealista que parezca, la Policía Local de Albacete intervino en la madrugada del pasado sábado a ayer domingo, 23 de octubre, debido a que un hombre se estaba bañando en la fuente pública que está instalada en el centro de la rotonda conocida como la de la ‘Tamos’ y, por tanto, incumpliendo la ordenanza cívica municipal.
Así lo han indicado fuentes oficiales, que han añadido que los hechos ocurrieron aproximadamente a las 03.15 horas y que todo comenzó con el envío de un mensaje de WhatsApp a la Policía Local de Albacete por parte de un ciudadano anónimo que se topó con esta sin sentido escena.
Tras personarse los agentes en el lugar de los hechos localizaron efectivamente a este sujeto tomando un baño en dicha fuente pública de Albacete y procedieron a un sanción por incumplir la ordenanza municipal.
La Policía Local de Albacete afirma que esta persona se encontraba sola en la fuente y que no había más personas en los alrededores con las que este individuo pudiera tener algún tipo de relación.

Ordenanza Cívica Municipal de Albacete
El punto 2 del artículo 44 del capítulo 8, que hace referencia al uso impropio del espacio público, recoge que “no está permitido hacer un uso impropio de los espacios públicos y sus elementos, de manera que impida o dificulte el disfrute por los demás ciudadanos y en particular acciones como lavarse o bañarse en las fuentes, estanques y similares; lavar ropa u objetos de cualquier clase en fuentes, estanques y similares así como echar peces, abrevar o bañar animales y realizar cualquier manipulación en sus instalaciones y elementos; ensuciar, enturbiar o alterar las características del agua de fuentes, estanques y similares”.
Igualmente, la Ordenanza argumenta que “no está permitido practicar juegos o introducirse en las fuentes ornamentales incluso con motivo de celebraciones de cualquier tipo”.

¿Cuánto tendrá que pagar este vecino de Albacete?
Bañarse en una fuente constituye una infracción, la vulneración de las normas establecidas y la realización de una conductas o actividades prohibidas, calificándose de infracción leves y que será sancionada con multa de hasta 120 euros.

