Multados por su publicidad en Albacete

Incumplían la Ordenanza Cívica de Albacete

La Policía Local intervino este jueves en Albacete a consecuencia de la colocación de publicidad en un determinado punto de la capital manchega.

Los hechos ocurrieron a las 12.20 horas y se dieron en la Carretera de Valencia, en la N-430a, y dentro del término municipal de Albacete capital, donde varias personas se encontraban colocando publicidad sin la autorización necesaria; tal y como han indicado fuentes oficiales.

Las mismas fuentes han argumentado que la actuación policial y la sanción impuesta a estas personas por la colocación de publicidad sin autorización fue a tenor de lo recogido al respecto en la Ordenanza Cívica Municipal.

Policía Local de Albacete - Foto de archivo
Policía Local de Albacete – Foto de archivo

Ordenanza Cívica Municipal de Albacete

La Ordenanza recoge que “la colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de publicidad, anuncio o propaganda deberá efectuarse únicamente en los lugares o elementos habilitados o autorizados por el Ayuntamiento”.

Igualmente, según la Ordenanza, “no está permitida la colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, papeles pegados, hacer publicidad mediante personas que lleven carteles, vehículos en circulación o estacionados o cualquier otra forma de publicidad, anuncio o propaganda en cualquier espacio público, incluido el vallado de solares, sin previa autorización municipal que deberá otorgarse de forma expresa siempre que no ensucien o dañen la superficie de colocación o el elemento soporte y sean de fácil extracción, con la obligación por parte del solicitante de retirarlos en el plazo que se establezca en la autorización y de reponer, en su caso, el elemento a su estado anterior”.

La Ordenanza explica que “también se necesitará autorización municipal además de la del titular del bien afectado, cuando el cartel, pancarta o elemento de publicidad se instale en el exterior de un bien privado visible desde la vía pública; no obstante, podrán colocarse sobre cerramientos de solares o de obras en construcción y en inmuebles y edificaciones que no sean de nueva construcción y se encuentren fuera de uso, siempre que no exista oposición del propietario. Se podrán colocar carteles en escaparates, portales y otros lugares situados en el interior de los establecimientos con el solo consentimiento de su titular”.

Policía Local de Albacete - Foto de archivo
Policía Local de Albacete – Foto de archivo

Infracciones y sanciones por este motivo en Albacete

Según se recoge en la Ordenanza Cívica Municipal de Albacete, “constituyen infracción al régimen de protección del paisaje urbano y de la imagen de la ciudad la realización de las conductas no permitidas y la vulneración de las normas descritas, que se califican como infracciones graves y serán sancionadas con multa de 121 hasta 1.500 euros.

La Ordenanza también indica que “las infracciones tendrán carácter de muy graves y serán sancionadas con multa de 1.501 hasta 3.000 €, cuando las conductas atenten especialmente contra el espacio urbano por realizarse sobre monumentos o edificios catalogados o protegidos y cuando tengan lugar en las señales de tráfico o de identificación viaria o en cualquier elemento del mobiliario urbano cuando implique la inutilización o pérdida total o parcial de funcionalidad del elemento”.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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