La Policía Local de Albacete tuvo que desplazarse durante la madrugada del pasado sábado al domingo a un edificio de la calle Torres Quevedo donde a los vecinos se les hacía imposible poder dormir.
Los hechos ocurrieron pasadas las 00.30 horas, cuando dos perros que se encontraban solos en una de las viviendas del edificio comenzaron a ladrar sin parar y así estuvieron hasta pasadas las 02.00 horas. Entre tanto, varias llamadas se produjeron al respecto al teléfono de emergencias de la Policía Local de Albacete.
Era tal el volumen de los ladridos que la imposibilidad de dormir era neta, ya que además los animales se movían por toda la casa y salían a un patio de luces al que daban todas las ventanas de las habitaciones del resto de vecinos, por lo que el efecto túnel ampliaba todavía más el volumen de los ladridos.

Intervención de la Policía Local de Albacete
La Policía Local de Albacete se personó en el lugar de los hechos, pero como los dueños de los perros se encontraban ausentes nadie abrió la puerta del domicilio a los agentes y poco pudieron hacer los policías más allá de comprobar la veracidad de los hechos que se denunciaban por teléfono y abrir un parte de intervención para que al día siguiente sus compañeros del turno de mañana se personaran de nuevo en el citado edificio.
Así pues, en la mañana del domingo, de nuevo la Policía Local de Albacete se personó en el edificio y esta vez sí, al encontrarse los dueños de los canes en su vivienda, procedieron a denunciarlos por las molestias creadas por sus mascotas durante la noche anterior.
La intervención policial y la denuncia fue a tenor de lo recogido al respecto en la Ordenanza Cívica Municipal de Albacete, que recoge que “no está permitido como norma general perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos, en especial en el período comprendido entre las 22 y 8 horas, mediante el funcionamiento de equipos tales como: aparatos y reproductores musicales, televisiones, radios, aparatos de climatización, persianas, transformadores, equipos de obras, cualquier tipo de vehículo, herramientas de obras u otros aparatos sonoros así como las conductas o comportamientos tales como cantos, gritos o cualquier otro acto molesto incluido los ruidos de animales especialmente los ladridos sin que en ningún caso puedan transmitirse ruidos que superen los valores legales establecidos”.

