Los juzgados han dado la razón a una vecina de Albacete y le han perdonado todas sus deudas tras demostrar que no podía hacer frente a ellas y cumplir los requisitos que exige la Ley de la Segunda Oportunidad.
Esta vecina de Albacete tenía atrasos en el pago de sus deudas con diferentes entidades financieras y la Agencia Tributaria por valor de 132.124,42 euros.
La pensión de jubilación de su marido resultaba insuficiente para pagar todos los pagos, lo que la llevó a declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
¿Cómo solucionar una situación de insolvencia si eres jubilado como esta vecina de Albacete?
La Ley de la Segunda Oportunidad es un procedimiento que, por suerte, cada vez está más extendido y mejor tratado por los tribunales. Casos como este lo demuestran.
Esta vecina de Albacete estuvo durante un tiempo entre la espada y la pared. Trabajadora por cuenta ajena, llegó un momento por el cual tuvo que dejar de hacerlo para atender a su marido, afectado de una importante enfermedad. Durante 12 años, la única pensión que recibía iba destinada a los cuidados de él y los problemas eran evidentes.
Aparecieron los primeros impagos y las deudas fueron creciendo con el tiempo. Además, en 2020 fue cuando la Agencia Tributaria le impuso unas multas por no presentar la declaración de la renta de los dos años anteriores. Consiguió un fraccionamiento para ese pago, pero incluso con la ayuda de familiares le costaba llegar a fin de mes. Esto supuso un punto de inflexión.
Buscando alguna alternativa, leyó algo acerca de la Ley de la Segunda Oportunidad, por el cual se conseguía el perdón de personas en situaciones económicas delicadas. En junio de 2021, contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento y los letrados de la entidad le explicaron todo lo necesario acerca del novedoso procedimiento.
“En cuanto nos contó su historia, supimos que era un ejemplo modelo para esta Segunda Oportunidad. Le aseguramos desde un principio conseguir uno de los objetivos del procedimiento: un acuerdo para rebajar en un 90% la deuda total o el perdón de todo”, detalla Fran Bautista, abogado de la Asociación.

¿Cómo es el camino hasta lograr la exoneración de las deudas?
“El primer trámite es de los más importantes, sobre todo para la deudora. Informando a los juzgados correspondientes la insolvencia de la asociada, ésta recibe un inminente alivio económico. Desde este punto, no tiene que hacer frente a ninguno de los pagos y la posibilidad de embargos por parte de las financieras quedaba nula” explica el letrado
Tras esto, se presenta ante notario una propuesta para hacer frente a las deudas de manera asumible dada su situación proponiendo una rebaja de la cantidad total. Este intento de acuerdo se intentó realizar con todos los bancos a tiempo, pero no se aceptó.
Presentó la demanda de concurso ante los juzgados de Albacete
Entonces la deudora tenía el derecho de solicitar la exoneración del 100% de la deuda y así lo hicieron efectivo sus abogados presentando la demanda de concurso ante los juzgados de Albacete.
Finalmente, la petición fue aceptada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 7 de Albacete concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) a la asociada. El proceso se ha llevado a cabo de forma fugaz con tan solo 9 meses de duración cuando el promedio está entre los 20 y 24 meses.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el pasado 22 de junio de 2020 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de pagar 132.124,42 euros. Solo tendrá que compensar la parte “no exonerable” de la deuda con AEAT en 16 pagos de 101,35 euros.
Con esta sentencia los acreedores del concursado -entre ellos Cofidis, Servicios Financieros Carrefour, Bankia, Liberbank o Bankinter- no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a la ya ex-deudora.