Tres jóvenes fueron sancionados en la madrugada del sábado al pasado domingo por la Policía Local de Albacete tras pillarlos realizando pintadas en la capital manchega.
Así lo han indicado fuentes oficiales, argumentando que los hechos ocurrieron a las 04.30 horas y se dieron en la calle San José de Calasanz, en las inmediaciones del Colegio Escuelas Pías y de la Biblioteca Pública del Estado en Albacete capital.
Las mismas fuentes han argumentado que los jóvenes fueron sorprendidos in fraganti y sancionados a tenor de lo recogido en la Ordenanza Cívica Municipal al respecto de realizar pintadas en la vía pública.
Ordenanza Cívica Municipal de Albacete
La Ordenanza Cívica de Albacete recoge que “no está permitido realizar todo tipo de grafito y pintada, garabato, firma, escrito, inscripción, mancha o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura o similares) o bien rayando la superficie sobre cualquier elemento del espacio público, así como en el interior o exterior de equipamientos, mobiliario, infraestructuras, instalaciones y demás elementos de un servicio público, incluidos transporte público, mobiliario urbano, árboles, zonas verdes así como en el resto de elementos descritos en el artículo 4 de esta Ordenanza. Quedan excluidos los murales artísticos que autorice el Ayuntamiento”.
La Ordenanza añade que “cuando el grafito o pintura se pretenda realizar en un bien privado que se encuentre instalado de manera visible o permanente en el espacio público se necesitará además de la conformidad del propietario la autorización expresa del Ayuntamiento, no obstante, podrá realizarse sobre cerramientos de solares o de obras en construcción y en inmuebles y edificaciones que no sean de nueva construcción y se encuentren fuera de uso siempre que no exista oposición del propietario”.

Infracciones y sanciones en Albacete por hacer pintadas
Según la Ordenanza Cívica de Albacete, “constituyen infracción al régimen de protección del paisaje urbano y de la imagen de la ciudad la realización de las conductas no permitidas y la vulneración de las normas descritas en el artículo precedente que se califican como infracciones graves y serán sancionadas con multa de 121 hasta 1.500 €, salvo que el hecho constituya una infracción muy grave”.
La Ordenanza también indica que “las infracciones tendrán carácter de muy graves y serán sancionadas con multa de 1.501 hasta 3.000 €, cuando las conductas atenten especialmente contra el espacio urbano por realizarse sobre monumentos o edificios catalogados o protegidos y cuando tengan lugar en las señales de tráfico o de identificación viaria o en cualquier elemento del mobiliario urbano cuando implique la inutilización o pérdida total o parcial de funcionalidad del elemento”
Intervenciones específicas en Albacete por pintadas
En los supuestos recogidos en esta Sección los agentes de la autoridad retirarán e intervendrán cautelarmente los materiales o medios empleados.
Si por las características de la expresión gráfica, el material empleado o el bien afectado fuera posible la limpieza y la restitución inmediata a su estado anterior, los agentes de la autoridad requerirán a la persona infractora a que proceda a su limpieza, sin perjuicio de la imposición de las sanciones que correspondan por la infracción cometida.
En otro caso el Ayuntamiento requerirá a la persona o personas responsables y en su caso procederá subsidiariamente a limpiar o reparar los daños causados por la infracción y sin perjuicio de la imposición de la sanción que corresponda y del resarcimiento de los gastos ocasionados.