Se les aguó la fiesta en Albacete y les saldrá cara

La Policía Local se personó en una vivienda de Albacete

Intervención y multa de la Policía Local de Albacete en la calle Gómez Gil.

Los hechos ocurrieron en torno a las 00.30 horas y vinieron motivados por la fiesta que se estaba realizando en el interior de una vivienda, con las consecuentes molestias que ello representaba para el resto de vecinos.

Policía Local de Albacete - Foto de archivo
Policía Local de Albacete – Foto de archivo

Multa de la Policía Local de Albacete

Así lo han indicado fuentes oficiales, que han añadido que la intervención de la Policía Local de Albacete y la sanción impuesta al responsable de la vivienda vinieron derivadas del incumplimiento de la Ordenanza Cívica Municipal al perturbar el descanso de los vecinos.

La infracción sancionada conlleva el pago de una multa que oscila entre los 121 y los 1.500 euros.

La ordenanza dice al respecto que “no está permitido como norma general perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos, en especial en el período comprendido entre las 22 y 8 horas, mediante el funcionamiento de equipos tales como: aparatos y reproductores musicales, televisiones, radios, aparatos de climatización, persianas, transformadores, equipos de obras, cualquier tipo de vehículo, herramientas de obras u otros aparatos sonoros así como las conductas o comportamientos tales como cantos, gritos o cualquier otro acto molesto incluido los ruidos de animales especialmente los ladridos sin que en ningún caso puedan transmitirse ruidos que superen los valores legales establecidos”.

La ordenanza añade que “todos los ciudadanos están obligados a respetar el descanso de los vecinos y a evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia estando prohibida la emisión de cualquier ruido doméstico que por su volumen u horario exceda de los límites que exige la tranquilidad pública y en todo caso se supere el nivel sonoro legalmente establecido para los locales interiores de una edificación”.

Igualmente, la ordenanza prohibe “el funcionamiento de aparatos receptores de radio, televisión, cadenas de música y/o cualquier otro instrumento musical o acústico en el propio domicilio así como los ensayos y reuniones musicales, instrumentales o vocales, de baile o danza y las fiestas en domicilios particulares que por su volumen u horario exceda de los límites que exige la tranquilidad pública y en todo se supere el nivel sonoro legalmente establecido para los locales interiores de una edificación”.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
Botón volver arriba