La Policía Local de Albacete intervino este jueves en dos pubs ubicados en la calle Concepción de la capital manchega.
En ambos casos, y según han indicado a El Digital de Albacete fuentes oficiales, el motivo de la sanción a ambos establecimientos hosteleros vino derivada de la presunta superación del aforo máximo permitido.
Intervención de la Policía Local de Albacete
Por ello, la Policía Local de Albacete tramitó las correspondientes multas y sanciones, que ahora tendrán que hacerse efectivas por los dueños de los negocios mediante el pago de la cantidad económica que corresponda a tales hechos.
La Ordenanza Cívica de Albacete y la Ley 7/2011 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha
Según recoge la Ordenanza Cívica Municipal de Albacete, el régimen sancionador aplicable a la infracción por incumplimiento de las condiciones de aforo será el establecido en la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
Dicha Ley dice que las infracciones por incumplir el aforo se clasifican en tres grados: muy graves, graves y leves.

Sanciones pecuniarias a las que se exponen estos bares de Albacete
Según la misma ley, las infracciones contempladas en esta Ley serán sancionadas de la siguiente manera:
a) Las tipificadas como muy graves, con multa de 30.001 a 600.000 euros.
b) Las tipificadas como graves, con multa de 301 a 30.000 euros.
c) Las tipificadas como leves, con multa de hasta 300 euros.
La ley también dice que para evitar que una infracción pueda resultar beneficiosa para el infractor, la cuantía de las sanciones pecuniarias establecidas podrá ser incrementada hasta el doble del valor del beneficio derivado de su comisión sin aplicarse para tal caso los límites cuantitativos máximos del apartado anterior.