La Policía Local de Albacete intervino este jueves para sancionar por partida doble al dueño de un perro, de una raza de las catalogadas además como potencialmente peligrosas, que se encontraba en la zona de la Carretera de Ayora; dentro del término municipal de Albacete capital.
Intervención de la Policía Local de Albacete
Así lo han indicado fuentes oficiales a El Digital de Albacete, añadiendo que los hechos ocurrieron en torno a las 10.00 horas y que al dueño del perro los agentes de la Policía Local de Albacete le pusieron dos multas.
Una de ellas fue por no recoger los excrementos, y la otra fue por no llevar lo necesario en condiciones cuando se trata de un perro de una raza de las catalogadas como potencialmente peligrosas.
Así pues, a esta persona se le impusieron dos multas a tenor de lo recogido al respecto en la Ordenanza Cívica Municipal.

¿Qué dice la Ordenanza de Albacete en este aspecto?
En relación a lo que se refiere a las razas potencialmente peligrosas, la Ordenanza Cívica Municipal de Albacete recoge que “toda persona propietaria o poseedora de un perro clasificado como potencialmente peligroso tiene la obligación de obtener en el Ayuntamiento, conforme al procedimiento legalmente establecido, la licencia administrativa que con carácter personal e intransferible faculta para dicha tenencia, así como para conducir y transitar con el animal en cualquier espacio público. Incumbe al titular de la licencia la obligación de inscribir dicho animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos”.

La ordenanza añade en este aspecto que que “no está permitida la circulación de perros por los espacios públicos si no van acompañados de personas capacitadas y deberán ser conducidos mediante cadena o correa adecuada según el tipo de perro y provistos de bozal cuando estén calificados como potencialmente peligrosos”.
Sobre la recogida de excrementos, la Ordenanza indica que “no está permitido que las mascotas y animales de compañía, en particular perros, realicen sus necesidades en los espacios públicos fuera de los recintos habilitados para ello y, en el caso de que no puedan evitarse la deposición, el propietario, poseedor o tenedor del animal procederá a retirar los excrementos, incluso en los recintos de perros. Se prohíbe expresamente que orinen en las fachadas de los edificios, en los recintos de juegos infantiles y en el resto del mobiliario urbano”.

Mensaje de la Guardia Civil en Twitter
Sobre las deposiciones de perros en la vía pública, otro cuerpo de seguridad como es la Guardia Civil ha manifestado en sus redes sociales que “llega la noche y vas caminando tranquilamente por la calle , de pronto «chap», has pisado una y juras en arameo. La culpa no la tiene el perro, que es un sol, es su dueño que es un cerdo. Recuerda que la cagada no es de tu perro, es tuya”.

