Desde este jueves ya no es obligatorio, salvo excepciones, el uso de mascarilla por las calles de Albacete.
Ayer, jueves 10 de febrero, entraba en vigor el Real Decreto por el cual el Gobierno de Pedro Sánchez elimina la obligatoriedad del uso de mascarilla en exteriores siempre y cuando se puedan mantener las distancias de seguridad.
Ya no es obligatoria en las calles de Albacete
Su uso había vuelto a ser obligatorio desde la pasada Nochebuena para intentar poner freno a la sexta ola y a la variante Ómicron y después de poco más de un mes, el Ejecutivo de Sánchez daba marcha atrás y volvía a retirar la obligatoriedad en su uso.
Tras la entrada en vigor del Real Decreto que elimina la obligatoriedad en su uso, la Policía Local de Albacete ha manifestado al respecto que “como ya no es obligatorio la mascarilla en exteriores podrás lucir tu nuevo bigote o ese color de labios que tanto te gusta… pero recuerda, es obligatoria en interiores. En exteriores úsala en aglomeraciones y eventos multitudinarios”.
Su uso se elimina también en los patios de los colegios de Albacete
Las mascarillas dejaron de ser obligatorias en los patios de los colegios este jueves, 10 de febrero, con la entrada en vigor del decreto que eliminó también esa obligatoriedad en espacios al aire libre.
Cataluña, Extremadura y Cantabria hicieron efectiva esta medida ayer jueves, mientras otras comunidades autónomas como Andalucía tomarán en las próximas horas la decisión. En el caso de la Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Asturias se esta ultimando su implantación y Castilla-La Mancha ya ha transmitido a los centros educativos las instrucciones pertinentes para hacerlo.
La supresión de la obligatoriedad de la mascarilla en los patios de los colegios se encuadra en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para eliminar el uso de la protección facial en espacios abiertos.

Sin embargo, esta obligatoriedad se mantiene en eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas o grupos de convivientes.
También sigue siendo obligatorio en los medios de transporte público, especificándose que esto incluye andenes y estaciones de viajeros y teleféricos. Además, esta medida de control no farmacológico se mantiene, además, en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
El decreto que recoge la medida recuerda que la relajación de las medidas que se incluye en este real decreto, propuesta para la población general, se debe valorar a nivel individual de acuerdo con la pertenencia a grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad y comportamiento social que pueda incrementar los riesgos de transmisión.

