La Policía Local de Albacete intervino durante el fin de semana en un establecimiento público en el que presuntamente se estaban incumpliendo las medidas anticovid; tal y como han argumentado fuentes oficiales a El Digital de Albacete.
Así pues y según las citadas fuentes, los hechos ocurrieron en un establecimiento público en el que al menos un trabajador y un cliente se encontraban supuestamente en el interior sin mascarilla y desobedecían por tanto la normativa vigente en lo que a las medidas para paliar la expansión del virus y los contagios por COVID-19 se refiere.
SANCIONADOS EN ALBACETE
Por tales hechos y según añaden fuentes oficiales, tanto el trabajador como el cliente fueron sancionados por la Policía Local de Albacete tras detectarse el presunto incumplimiento de las normas en lo que al uso de la mascarilla atañe.
Los presuntos hechos ocurrieron en un establecimiento público ubicado en la calle San Agustín; en pleno centro de Albacete y a escasos metros, por ejemplo, de zonas como la Plaza de El Altozano.
Las dos personas sancionadas tendrán que hacer ahora frente al pago de una sanción económica para saldar la deuda contraída con la Administración tras hacer caso omiso presuntamente a la normativa anticovid.

USO OBLIGATORIO DE LA MASCARILLA EN LOS ESPACIOS CERRADOS DE USO PÚBLICO DE ALBACETE; Y TAMBIÉN EN LA CALLE
El Pleno del Congreso de los Diputados convalidó este martes el Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 con 162 votos a favor, 153 votos en contra y 26 abstenciones. Además, se ha aprobado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.
El texto del Gobierno, defendido ante el Pleno por la ministra de Sanidad, Carolina Darias, modifica el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para establecer el uso obligatorio de mascarillas para las personas mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y en los transportes.
Se exceptúa su uso en exteriores durante la práctica de deporte individual, y en espacios naturales, siempre que, en ambos casos se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
El real decreto-ley habilita, además, al Gobierno a modificar, mediante real decreto, la obligatoriedad del uso de la mascarilla cuando se den las circunstancias sanitarias apropiadas que así lo aconsejen en función de la evolución de los indicadores epidemiológicos de la pandemia.

