La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha sacado a licitación el contrato de servicios sociales para la gestión integral del centro agrupado constituido por la Residencia de Mayores ‘Calares del Mundo’ en Riópar y por la Residencia de Mayores ‘Hogar de Molinicos’ en Molinicos con un valor estimado del contrato de 8.039.671,46 euros y cuenta con un plazo de ejecución de 3 años.
Así, según detalla el Pliego de Prescripciones Técnicas de este contrato la residencia de Riópar se encuentra situada en la Calle Collado de la Era no 6 y la de Molinicos en la Avda. Guardia Civil no 33. La titularidad de la Residencia de Mayores de Riópar corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y está construida sobre un solar de 2.721,02 m2 y consta de 1.384,23 m2 construidos, distribuidos en 150,19 m2 en planta sótano, 630,60 m2 en planta baja y 603,44 m2 en planta primera. Y la Residencia de Mayores de Molinicos es de titularidad municipal, cedida para este uso, consta de 1.171,89 m2 construidos, distribuidos en 385,17 m2 en planta baja, 393,36 m2 la planta primera y 393,36 m2 la planta segunda. La residencia de Riópar dispone de 32 plazas residenciales y la residencia de Molinicos de 20.
Los servicios objeto de contratación son los siguientes: Dirección y Administración. Atención a la salud y técnica sociosanitaria. Atención Auxiliar Sociosanitaria. Atención Social y Animación Sociocultural. Limpieza. Lavandería. Mantenimiento. Recepción y Conserjería. Restauración.
La gestión integral del mencionado Centro consiste en la realización de todas las actividades relacionadas con la atención y supervisión de los/las residentes del centro agrupado. Las tareas de atención directa y demás servicios a los usuarios se prestarán conforme a las prescripciones técnicas y especificaciones del presente Pliego y a las directrices y objetivos determinados por la Dirección General de Mayores de la Consejería de Bienestar Social. Todo ello desde el enfoque de la atención centrada en la persona y el modelo de gestión integral y atención individualizada en la planificación, organización y funcionamiento de los servicios del centro agrupado, en su conjunto.
El funcionamiento de las actuaciones señaladas se delega en la empresa adjudicataria, siendo corresponsable en la prestación de un servicio público. El pliego señala además que las funciones y actuaciones de dirección y administración se llevarán a cabo sobre ambos centros (centro agrupado), de forma diferenciada, y comprenderá las actividades de planificación, organización, gestión administrativa, coordinación, evaluación e implementación, mantenimiento y desarrollo del sistema de calidad establecido con respecto al conjunto de las prestaciones objeto del contrato.
Podrán ser usuarias de las plazas residenciales titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las personas que reúnan los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre ingresos en centros para personas mayores de la Red Pública de Castilla-La Mancha. Indica además el pliego que corresponde a la Consejería de Bienestar Social la determinación de las personas que hayan de ocupar las plazas disponibles en el centro agrupado. La entidad adjudicataria deberá aceptar la incorporación de las personas usuarias designadas.
En cuanto a los medios personales que debe aportar la entidad adjudicataria, el pliego señala que la misma contratará al personal necesario, en número suficiente, para garantizar la prestación efectiva de los servicios todos los días del año con turnos de mañana y tarde y, en su caso, noches y la consiguiente presencia mínima en cada centro. La entidad licitadora deberá especificar con claridad la dotación y cualificación del personal que utilizará para el desarrollo del contrato. El personal adscrito a los servicios contratados se determinará de manera que el centro agrupado cuente con el número de personas que sean necesarias para la prestación de tales servicios, garantizándose un sistema de gestión de calidad para dichas áreas certificado por una entidad acreditada.
La persona seleccionada por la entidad adjudicataria para hacerse cargo de la Dirección del centro agrupado actuará como responsable de la empresa contratista. La dirección del centro agrupado realizará, entre otras funciones, las de interlocución directa ante la Administración en la organización y funcionamiento diario de las prestaciones concertadas, responsabilizándose de la adecuada ejecución de los servicios que integran la gestión del contrato. Como responsable del mismo recibirá y aplicará las indicaciones que los servicios provinciales o centrales de Consejería de Bienestar Social estime oportuno impartir en relación con la realización de los servicios. También deberá tener atribuciones suficientes para adoptar, en su caso y al momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento de los mismos.
La entidad adjudicataria asumirá las obligaciones señaladas a continuación, corriendo completamente a su cargo la provisión, costes y aplicación de los recursos requeridos para su cumplimiento efectivo, entre otros: Instalar y mantener un sistema informatizado de gestión integral del conjunto del centro agrupado que incluya, de forma diferenciada para cada centro y sus correspondientes plazas residenciales, los parámetros requeridos para la organización, funcionamiento y administración de los servicios en los planos asistencial y económico así como en lo relativo a la distribución de los recursos humanos y materiales necesarios. Adquirir y aplicar los medios, materiales, instrumentos, útiles de trabajo y todos aquellos productos necesarios para la ejecución de las actividades contempladas en el presente Pliego con respecto a los servicios contratados, atendiendo a las prescripciones recogidas en el mismo. Suministrar y reponer todos los productos de limpieza y lavandería. Reponer y/o reparar el mobiliario y enseres del centro (tales como bandejas, vajillas, cristalería, cubertería, menaje, etc.) derivadas de su extravío o deterioro. Aportar las toallas y los productos de aseo de uso común (jabones, colonias, pasta dentífrica, champú, gel, esponjas desechables, peines, espuma de afeitar, maquinillas de afeitar desechables, cepillo de dientes, gel de manos, papel higiénico, papel secamanos, etc.). Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo de las personas usuarias, así como aquellos productos de marca o tipos específicos preferidos por las mismas. No obstante la entidad adjudicataria deberá disponer de útiles de aseo de uso personal para dar respuesta a las situaciones extraordinarias o imprevistas que puedan suscitarse. Proporcionar el material de incontinencia, bien con cargo al Sistema de Salud al que se encuentren acogidas las personas usuarias o, subsidiariamente, a expensas de la entidad adjudicataria. En todo caso, la entidad adjudicataria deberá disponer de ese material para dar respuesta a las situaciones extraordinarias o imprevistas que puedan suscitarse. Las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de las personas usuarias, sin perjuicio de la cobertura prevista para cada caso por el Sistema Público de Salud.
Proporcionar los uniformes necesarios a la totalidad del personal adscrito al contrato. A su vez, el personal deberá ir provisto permanentemente de un distintivo de identificación colocado en lugar visible.
Adquirir todo el material fungible necesario para la prestación de los servicios contratados, en los términos establecidos en el presente Pliego. Asumir todos los gastos de fluidos que sean utilizados en el centro, tales como agua, gas/gasóleo, energía eléctrica, oxígeno y conexión telefónica fija incluyendo el acceso a internet, así como cualquier otro suministro o material necesario para el funcionamiento del mismo.
Garantizar los servicios de podología (no básica) y peluquería. El traslado a consultas médicas y el traslado por ingreso de urgencia en un centro sanitario, serán realizados por la entidad adjudicataria, si bien las actividades de seguimiento y acompañamiento, serán llevadas a cabo por la familia o representante legal de la persona usuaria afectada, corriendo estos con los gastos de dicho seguimiento y acompañamiento.
Disponer, a cargo de la entidad adjudicataria, de servicios funerarios concertados para quienes carezcan de la correspondiente póliza personal o de medios económicos suficientes. Los materiales y productos a emplear en el servicio de mantenimiento serán por cuenta de la entidad adjudicataria.En los términos previstos en el presente Pliego, correrán a cargo de la entidad adjudicataria la totalidad de los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones de restauración, incluyendo lo concerniente a los platos y alimentos extra para las personas usuarias y las circunstancias especiales determinadas por la dirección del centro agrupado o los servicios provinciales de la Consejería de Bienestar Social.
Todos los informes, memorias, documentos de trabajo, comunicaciones que se elaboren hacia el exterior, etc., deberán contar con la autorización de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Albacete y editarse en la forma establecida por la misma, indicando la titularidad pública del centro y su adscripción a la Consejería.
La Consejería de Bienestar Social proporcionará a la entidad adjudicataria y pondrá a su disposición para la ejecución del contrato, tanto los edificios, como las instalaciones, maquinaria, mobiliario y enseres y menaje necesarios para llevar a cabo las prestaciones y servicios que integran la gestión centro agrupado.
La cesión del uso de los locales y los demás bienes entregados por la Administración para la prestación del servicio, no generará ningún derecho real a favor de la entidad adjudicataria, quien deberá conservarlos en perfecto uso y limpieza, corriendo a su cargo el mantenimiento y reparación de los mismos. La entidad adjudicataria tendrá la obligación de realizar un uso adecuado de los medios puestos a su disposición, cuyo inventario será elaborado por la Delegación Provincial de Bienestar Social; corriendo a su cargo la realización de las reparaciones y labores de mantenimiento requeridas, así como los gastos generados por la ejecución de las mismas. Además se especifica que la entidad adjudicataria no podrá realizar ningún tipo de obras en los edificios (inmuebles e instalaciones de los centros) sin el permiso expreso de la Consejería de Bienestar Social.
El proyecto de gestión ofrecido incluirá la implantación y mantenimiento de un sistema de calidad homologado en cada uno de los centros que conforman el centro agrupado. El sistema adoptará, entre otros, los compromisos, indicadores y estándares de calidad establecidos en otras residencias para personas mayores en la provincia de Albacete, pertenecientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con una cantidad similar de plazas residenciales. La implantación de ese sistema se llevará a cabo en el plazo de 1 año desde el momento de la firma del contrato.
Entre otros sistemas de control y evaluación de las residencias y de la adjudicataria como evaluación técnica y económica, el pliego señala que la entidad adjudicataria elaborará y remitirá anualmente, dentro del primer trimestre del año, una memoria técnica y económica sobre el desarrollo de cada uno de los citados servicios durante el ejercicio precedente.

