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Le querían cobrar casi 5.000 euros de luz por 2 meses de consumo

Más de 30 veces el consumo de un usuario medio en ese periodo

Tras la actuación de FACUA Sevilla, Endesa ha anulado un recibo de 4.428 euros que pretendía cobrar a un usuario por dos meses de consumo, después de haberle cargado ya otras cantidades mediante lecturas estimadas. La eléctrica pretendía cobrarle 23.248 kilovatios hora (kWh), más de 30 veces el consumo de un usuario medio en ese periodo, y ni siquiera dio respuesta a las reclamaciones del afectado antes de que intervinese la asociación.

Manuel Moreno Sánchez, residente en el municipio sevillano de San José de la Rinconada, recibió en mayo de 2020 un escrito de Endesa en el que le indicaba que los consumos desde mediados de marzo hasta mediados de abril se habían facturado mediante lecturas estimadas y, por tanto, iba a proceder a regularizarlas. A finales de mayo de 2020, un técnico de la compañía sustituyó el contador por uno nuevo ya que, según hizo constar en el parte de actuaciones, «se visita equipo de medida averiado con tensión en bornes y display apagado«.

Posteriormente, el usuario recibió una factura complementaria por un importe de 4.428 euros referenciada a dicho periodo de dos meses ya que, según señalaba la empresa, había realizado un consumo de 23.248 kWh. El afectado se puso en contacto con Endesa para indicarle que se trataba claramente de un error de las lecturas estimadas, porque no se correspondía con su histórico de consumo.

Endesa ni contestó

La empresa nunca llegó a contestar a Manuel, por lo que éste decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Endesa para instarle a que refacturara el recibo complementario para cobrarle un consumo más cercano a la realidad -ya que era imposible que hubiera utilizado 23.248 kWh-, atendiendo a las cantidades que había ido pagando los meses anteriores.

En el escrito, FACUA Sevilla recordaba que, en caso de funcionamiento incorrecto de los contadores, el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía, recoge que «si se hubieran facturado cantidades superiores a las debidas, deberán devolverse todas las cantidades indebidamente facturadas en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver«.

De igual forma, el artículo 62 del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, señala que «la facturación se efectuará por el comercializador de referencia que corresponda con base en lecturas reales de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación«.

Finalmente, tras la reclamación de FACUA Sevilla, Endesa ha comunicado que ha procedido a anular la factura de 4.428 euros y ha emitido una nueva de 88,45 euros, que sí resulta acorde al consumo histórico que el usuario había ido pagando hasta entonces.

/El Digital de Albacete/

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