- Aunque el Ministerio de Sanidad establece que a los menores de 65 años que hayan superado la enfermedad les basta con una única dosis de vacunación, en algunos casos su certificado indica que la pauta está incompleta.
- OCU Castilla-La Mancha ha solicitado a la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades que revise esta situación, puesto que personas correctamente vacunadas podrían sufrir la denegación del derecho a desplazarse por la UE (además de Baleares y Canarias), viéndose obligados a pagar una prueba de antígenos o una PCR.
- Es aconsejable confirmar que se recibió una correcta pauta de vacunación, ya sea de forma telemática o presencial, bien en las gerencias del Servicio de Salud o a través de los registros electrónicos de las administraciones.
De acuerdo a la Estrategia de Vacunación frente a la Covid-19 del Ministerio de Sanidad, todas aquellas personas menores de 65 años con diagnóstico de infección recibirán una única dosis de cualquier de las vacunas autorizadas. Sin embargo, tal y como denuncia la Delegación de OCU en Castilla-La Mancha, no son raros los casos en los que el certificado vacunal no recoge correctamente esta circunstancia.
OCU Castilla-La Mancha ha observado que en el certificado vacunal de algunas personas de este grupo de población no consta una pauta completa. En concreto, en el apartado “número en una serie de vacunaciones y número de dosis”, se indica una situación vacunal de 1 / 2 (una dosis de dos) cuando debería ser 1 / 1 (una dosis de una).
Los afectados por el error, aun estando perfectamente vacunados, podrían sufrir la denegación del derecho a desplazarse libremente por los países de la Unión Europea (pero también por Canarias y Baleares, donde se exige el certificado para la entrada), viéndose obligados a pagarse una prueba de antígenos o una PCR que confirmara la ausencia de infección.
OCU Castilla-La Mancha ha solicitado a la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades que revise esta situación. Y aunque el error podría estar empezando a subsanarse, conviene comprobarlo a través de la aplicación móvil o de la historia clínica digital desarrollada por cada comunidad autónoma. Si el error persistiera debe exigirse su corrección a la autoridad sanitaria autonómica. La solución no debería pasar por la administración de una segunda vacuna, como se ha propuesto en algún caso; hoy por hoy la Estrategia de Vacunación frente a la Covid-19 del Ministerio de Sanidad establece claramente que las personas menores de 65 años que hubieran superado ya la infección precisarán de una sola dosis de cualquiera de las vacunas actualmente aprobadas.
Qué es y para qué sirve este certificado
En España ya es posible conseguir el Certificado digital COVID, el famoso «pasaporte vacunal», que nos permitirá viajar libremente por la Unión Europea. Te contamos en qué consiste y qué tienes que hacer para conseguirlo.
El Certificado COVID Digital Europeo o Green digital certificate UE, vulgarmente conocido como “pasaporte vacunal”, es un documento que informa sobre la situación de cada persona respecto a la COVID-19: certifica que la persona ha sido vacunada contra el virus SARS-CoV-2 ha superado la enfermedad o bien tiene un test reciente de infección activa (PCR o test de antígenos) con resultado negativo, con lo que puede desplazarse libremente por la Unión Europea: es una especie de «pasaporte» sanitario.
Un documento recomendable para viajes
El certificado digital europeo acredita que una persona está inmunizada (porque se ha vacunado o ha superado la enfermedad) o no está infectada (tiene una prueba diagnóstica de infección activa negativa recién hecha).
- Es totalmente gratuito.
- Puede obtenerse tanto en formato electrónico como en papel.
- Cada certificado genera un código QR que facilita su lectura en cualquier país.
- Tiene validez en toda la Unión Europea.
- Es totalmente seguro y respeta la privacidad de los usuarios.
Obligatorio desde el 1 de julio
El pasado 20 de mayo Parlamento, Consejo y Comisión Europea llegaron a un acuerdo definitivo sobre el Certificado COVID Digital de la UE, estableciendo que será obligatorio para los Estados miembro emitirlo y reconocerlo a partir del 1 de julio, aunque en España ya se ha comenzado desde el 7 de junio a emitir y reconocer este documento.
Los consumidores somos partidarios de estas medidas destinadas a recuperar la normalidad, pero es necesario que se garanticen los derechos de todos los consumidores, la no discriminación y el libre movimiento.
Precisamente, una reciente encuesta de OCU a los consumidores españoles puso de manifiesto que 6 de cada 10 considera que un certificado de este tipo es una buena iniciativa para poder volver a moverse libremente dentro de la Unión Europea, y más de la mitad de los encuestados piensan que ayudará a evitar que se propague el virus… pero también son mayoría los que temen que este sistema pueda generar discriminaciones entre las personas vacunadas y las que no lo han sido, que se verán obligadas a costearse las pruebas (PCR o antígenos) para demostrara que están libres del virus y poder así desplazarse libremente.