El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha manifiesta que “habiendo tenido conocimiento de la celebración de una concentración de protesta en la Plaza del Altozano de Albacete, organizada por la Coordinadora general de los marroquíes de España, en la que se reclama la libertad provisional para un investigado en una causa judicial que se instruye en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Albacete, este Tribunal Superior de Justicia quiere hacer las siguientes consideraciones”:
1) “En el Juzgado de Instrucción nº 1 de Albacete se tramitan las Diligencias Previas 141/2021 en las que se investiga la posible comisión de delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y relacionados con la trata de seres humanos, entre otros. En el marco de dicho procedimiento, el 19 de marzo de 2021 fueron puestas a disposición judicial 4 personas detenidas por su relación con los hechos investigados, entre esas personas figura M.S.H. La jueza instructora, a la vista de la solicitud de prisión preventiva para esta persona por parte del Ministerio Fiscal, dictó Auto decretando para M.S.H. la medida cautelar de prisión provisional comunicada y sin fianza, con la imputación provisional como presunto autor de delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, delito de falsedad documental y delito de fraude a la seguridad social. En un extenso Auto motivado se recogen los razonamientos jurídicos explicativos de la causa judicial abierta, así como las razones por las que se acuerda la prisión preventiva para M.S.H., entre ellas evitar el riesgo de fuga del investigado, evitar la reiteración delictiva y evitar la alteración y destrucción de fuentes de prueba. Dicho Auto fue notificado al investigado, y no fue recurrido”, indican desde el TSJCLM.
2) “Habiendo solicitado la representación legal del investigado M.S.H. la libertad provisional del mismo, el juzgado instructor tramita dicha petición dentro de los plazos legales establecidos, no existiendo en este momento una demora en el procedimiento. En el momento procesal oportuno se resolverá sobre dicha petición, conforme a derecho, con todas las garantías legales y con la posibilidad de recurso como marca la Ley”, explican desde el TSJCLM
3) “El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, respeta el legítimo derecho de manifestación así como la posibilidad de crítica de las resoluciones judiciales amparada en el derecho a la libertad de expresión recogidos en la Constitución Española, pero manifiesta su rechazo a cualquier actuación que pudiera tener como fin presionar la actividad jurisdiccional en un proceso penal abierto, y expresa su respeto, apoyo y consideración al ejercicio independiente de su función por parte de la Magistrada Juez instructora cuyas decisiones y fundamentos jurídicos están sujetos – se insiste – a los recursos que procedan en Derecho, que es donde deben hacerse valer los motivos o razones de la discrepancia”, concluyen desde el TSJCLM.
/El Digital de Albacete/


