La Gerencia de Atención Integrada de Albacete (GAI) publicaba el inicio de la contratación del Servicio de Mantenimiento de Edificios e Instalaciones y Equipamiento de los Centros de Salud dependientes de la GAI de Albacete.
La finalidad del contrato es la prestación de un servicio de mantenimiento dentro de unos altos niveles de calidad, que garantice el correcto funcionamiento de los sistemas técnicos con una adecuada fiabilidad, eficiencia técnica, eficiencia energética y seguridad de usuarios y trabajadores, consiguiendo la disponibilidad permanente de los espacios y las instalaciones que requiere el normal desarrollo de la actividad asistencial.
El importe total del contrato asciende a 741.377 euros (IVA excluido), a lo que cabría sumar el importe de la prórroga de más de 185.000 euros. Así, según el Pliego de Cláusulas Administrativas el valor estimado del contrato asciende a 926.722 euros (IVA excluido). Del mismo modo se indica que la duración del contrato es de un total de 48 meses.
Según se extrae del Pliego de Prescripciones Técnicas la empresa adjudicataria del servicio deberá realizar sobre los edificios e instalaciones objeto de esta contratación las operaciones de mantenimiento preventivo, correctivo, regulación y vigilancia necesarios para garantizar la mejor conservación de las mismas. Además, indican que la prestación del servicio deberá encaminarse a la consecución de niveles máximos de seguridad, calidad, fiabilidad, confortabilidad y rentabilidad.
Po todo ello, el personal asignado deberá contar con amplios conocimientos en mantenimiento y conservación de las instalaciones técnicas y edificios, y estarán equipados con recursos materiales suficientes.
En concreto, el servicio deberá prestarse de forma quincenal o mensual en los siguientes centros de salud: Centros de Salud 1, 2, 3, 5 A y B, 6, 7 y 8 en Albacete capital; Centros de Salud de Alcadozo, Alcaraz, Balazote, Bogarra, Casas Ibáñez, Casas de Juan Núñez, Casasimarro, Chinchilla, Iniesta, La Roda, Madrigueras, Quintanar del Rey, Tarazona de la Mancha, Villamalea, Peñas de San Pedro y el Consultorio Local de Santa Ana.
Sin embargo, queda reflejado que en el caso de aumentar el número de Centros de Salud inscritos a la GAI de Albacete, se contemplará la modificación del contrato, tras la correspondiente negociación del incremento del importe del mismo.
Áreas de actuación y servicios auxiliares
En las instalaciones se procederá con anterioridad al inicio de cada temporada a la limpieza, puesta a punto y verificación de los sistemas de climatización, calefacción y ACS. Además se especifica que durante la temporada de funcionamiento se realizarán las operaciones de mantenimiento preventivo establecidas en la normativa vigente y la empresa adjudicataria deberá colaborar en las revisiones reglamentarias subsanando los defectos que puedan existir.
Además son objeto de contrato el cuidado y revisión de las instalaciones de producción de agua caliente para calefacción y agua caliente sanitaria; instalaciones de combustibles; instalaciones de producción de agua fría para refrigeración o climatización; instalaciones de acondicionamiento y tratamiento de aire.
En relación a las instalaciones eléctricas de baja tensión la empresa adjudicataria del servicio deberá prestar especial atención a los grupos electrógenos, en cuanto al mantenimiento preventivo y pruebas de funcionamiento, así como a la comprobación de niveles de combustible, refrigeración, sustitución de aceite, filtros, y revisión de correas entre otros aspectos.
Además, la empresa adjudicataria del servicio también deberá efectuar la revisión y mantenimiento de instalaciones de agua, de gases medicinales y otras instalaciones especiales entre las que se encuentran las instalaciones de televisión, telefonía o megafonía.
Del mismo modo el Pliego de Prescripciones Técnicas del contrato desarrolla que la adjudicataria también deberá desarrollar oficios auxiliares tales como albañilería, pintura, carpintería, cerrajería o vidriería.
Prevención y control de la legionelosis
Igualmente se establecen en el mismo documento las obligaciones de la empresa adjudicataria del servicio en cuanto a la prevención y control de la legionelosis mediante la adopción de medidas higiénico-sanitarias en aquellas instalaciones en las que la legiones es capaz de proliferar y diseminarse.
Del mismo modo indicaban que se encuentran incluidos en la prestación del servicio los costes de biocidas, desincrustantes, neutralizantes, controles testigos, equipos y analíticas necesaria para la correcta aplicación de la legislación vigente.
Por tanto, el adjudicatario deberá elaborar y aplicar programas de mantenimiento higiénico-sanitarios adecuados a las características de los centros de salud y consultorios locales objeto de contrato.
Todas las actuaciones llevadas a cabo por la empresa adjudicataria del servicio deberán quedar reflejadas en un Libro de Registro de Mantenimiento para cada centro. Así, todos los procedimientos de trabajo deberán estar escritos, ya que esto permitirá a todos los empleados trabajar de forma correcta, homogénea y sistemática. Igualmente también deberá quedar debidamente documentada la gestión de envases de productos químicos, la eliminación y tratamiento previo del agua de limpieza y desinfección, etc.
Entre las instalaciones excluidas en este contrato se encuentran ascensores, instalaciones de protección contra incendios, equipamiento de electromedicina y control de plagas, entre otros.
El número mínimo de personas que se estiman necesarias para la ejecución del contrato es de cuatro, debiendo contar con la formación mínima especificada. Se detalla que entre las competencias de este personal se debe encontrar el conocimiento en mantenimiento de instalaciones de climatización, calefacción y ACS; en instalaciones eléctricas en media y baja tensión y en instalaciones de voz y datos; en instalaciones de fontanería y calefacción; y en instalaciones y mantenimiento de edificios.
/Marta López/

