/Llanos García/
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a un hombre como autor de un delito leve de coacciones a una multa de 600 euros y lo absuelve de un delito intentado de detención ilegal, a una niña en las fiestas de Tarazona de La Mancha, del que venía siendo acusado.
Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Hechos probados
Según se detalla en los hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, el 25 de agosto de 2018, sobre las 4:00 horas, la menor de 6 años se encontraba en la Plaza Mayor de Tarazona de La Mancha, con motivo de las fiestas locales, junto con su padre, pidiendo permiso a éste para ir al bar en el cual trabajaba su madre que se encontraba a escasos 20 metros de distancia.
Sigue detallando la sentencia que cuando la niña salía del bar para volver a la plaza, el condenado, que no conocía a la niña de nada, “la agarró de la mano diciéndole que se fuera con él, impidiéndole así avanzar hacia la plaza”. Unos hechos que señala la sentencia fueron presenciados por la abuela de la niña, que “inmediatamente se dirigió hacia donde estaban y, cogiendo a su nieta por el brazo, le pidió al hombre que la soltara, no cesando éste en su empeño, consiguiendo finalmente la mujer soltar a la niña tirando del brazo de la menor”. Además cita la sentencia que gracias a la intervención de otras personas que se encontraban en la plaza consiguieron retener al hombre, “quien incluso intentó ir tras la abuela y la niña, llegando a caer ambas al suelo tras tropezar”.
A consecuencia de la caída la abuela de la niña sufrió contusión en rodillas y erosión en pierna izquierda, no precisando tratamiento médico distinto de la primera asistencia facultativa, quien no reclama por las lesiones. La menor no sufrió lesiones por estos hechos.
El hombre, desgrana la sentencia, había ingerido bebidas alcohólicas y tenía, a consecuencia de ello, levemente afectadas sus facultades intelectivas y volitivas.
Es en los fundamentos jurídicos de la sentencia donde se explica que “resulta muy poco coherente con la concurrencia de un ánimo firme, claro y real de pretender privar de libertad a alguien, en este caso a la niña, en los términos que exige el delito de detención ilegal, el comportamiento y la forma de actuar del acusado, en una calle transitada por personas e iluminada, sin usar especial violencia más allá de coger a la niña de la mano, e incluso, al acercarse la abuela, insistiendo con torpeza y tozudez en no soltar a la menor, sin tomar consciencia de que estaba siendo observado por terceros y de que aquello no llevaba a ninguna parte”. La Sala procede absolver al acusado del delito intentado de detención ilegal.
Así, concluye la sentencia que los hechos declarados probados son constitutivos de un delito leve de coacciones ya que señala que “la incidencia que tal hecho tuvo en la libertad de la menor fue mínima”.