/Llanos García/
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por un delito contra la libertad sexual hacia una mujer con la que había mantenido una relación a través de las redes sociales; así como la prohibición de acercarse a la víctima, comunicarse con ella por cualquier medio y a indemnizarla en 3.000 euros.
Hechos
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, detalla en sus hechos probados que, sobre las 14:00 horas del 17 de junio de 2017, el procesado esperó en la estación de autobuses de Hellín a una mujer a la que conocía de comunicarse con ella con frecuencia a través de las redes sociales y con la que había iniciado una relación “amistosa o amorosa aunque no presencial”, por lo que habían decidido conocerse personalmente.
Una vez en dicha localidad, el procesado la acompañó a un hotel donde se hospedó, y una vez ambos en la habitación “ella se duchó y tras ponerse un camisón sin ropa interior y él quedar en calzoncillos, se besaron, tumbándose después ambos en la cama para descansar, tras un momento y estando ella adormilada y de espaldas a él, le levantó el camisón y la penetró analmente, tras lo cual la mujer le dijo repetidamente que parara, dándose la vuelta”, ante lo cual, sigue relatando la sentencia, la “penetró vaginalmente, a pesar de repetirle ella que parara, hasta que muy rápidamente ella le empujó y, enfadada, le expulsó de la habitación”.
Desde entonces, concluye la sentencia, y como consecuencia de dichos actos, la mujer estuvo un tiempo con ansiedad y trastorno adaptativo mixto, con ánimo triste, sentimiento de culpa, así como temores nocturnos, estando tratada con fármacos.
Contra dicha sentencia cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Tribunal.