Familiares de personas sordas se muestran satisfechos ante la nueva regulación de las mascarillas transparentes

/El Digital de Albacete/

La Confederación Española de Familias de Personas Sordas (Fiapas) se muestra satisfecha ante la aprobación la nueva orden ministerial por parte del Ministerio de Consumo sobre los requisitos que deberán cumplir las mascarillas higiénicas, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ya que se incluye una disposición relativa a las mascarillas higiénicas transparentes.

Respecto a estas últimas, además de ser de aplicación todo lo establecido a lo largo del articulado de la orden, se establecen algunas previsiones específicas para asegurar su seguridad y funcionalidad. “La orden supone contar con un marco legal de referencia que vele por la salud y seguridad de los consumidores en esta materia, y además no deja desasistido a un grupo vulnerable como son las personas con discapacidad, auditiva en este caso”, han comunicado desde Fiapas.

Con esta regulación, Consumo amplía las exigencias para la venta de las mascarillas higiénicas, acota determinados conceptos como el propio de mascarilla higiénica y otros como accesorio de mascarillas y filtro y solo podrán ser comercializadas como mascarillas higiénicas las testadas por un laboratorio acreditado.

En el caso de las mascarillas higiénicas transparentes, en concreto, el texto señala que los materiales deberán ser suficientemente transparentes y diseñarse de forma que garanticen la lectura labial, evitando efectos como el empañamiento continuado de la zona transparente o la distorsión o reducción significativa del volumen de voz.

Además, prevé que, en caso de estar compuestas por materiales que no permitan el paso del aire, deberá realizarse una evaluación de riesgos para asegurar que el producto no obstruye indebidamente la respiración, provocando algún riesgo tras su uso prolongado, debiendo hacer constar la información resultante de tal evaluación en el etiquetado.

Así, también deberán incluir en el etiquetado información o advertencia acerca del efecto distorsionador del habla y de la minoración en decibelios que provoca la mascarilla o cobertor facial comunitario.

LABORATORIOS ACREDITADOS

Con respecto a las disposiciones generales de la norma que, como se ha indicado, aplican en todo caso a las mascarillas higiénicas transparentes, la orden establece que los laboratorios que realicen los ensayos relativos a las mascarillas higiénicas o a sus materiales deberán tener la competencia técnica y medios para poder realizar los ensayos, debiendo tener implantado, al menos, un sistema de acuerdo con la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Para demostrar este cumplimiento, el laboratorio debe estar acreditado para dichos ensayos por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Por último, Fiapas destaca que ha participado durante las diferentes fases de elaboración de esta norma, tanto en la consulta pública previa, como en el periodo de información pública abierto al público en el que, además, fue expresamente consultada por el Ministerio, junto con otras organizaciones, ajenas al sector de la discapacidad, como la Asociación Española de Normalización (UNE), la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y relevantes entidades del sector textil, sanitario y de equipos de protección individual.

Según informa el Ministerio de Consumo, la orden ve la luz tras obtener las preceptivas autorizaciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y de la Unión Europea (UE).

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