CORONAVIRUS | Los hosteleros de Albacete siguen acumulando multas

/El Digital de Albacete/

Durante el pasado fin de semana, del 15 al 17 de enero, 8 sanciones por incumplir la normativa anticovid fueron puestas a distintos establecimientos hosteleros de Albacete capital por la Policía Local.

Así lo han indicado a El Digital de Albacete, añadiendo que en todos los casos los motivos  de las sanciones fueron por incumplir la normativa específica decretada por las Autoridades Sanitarias para intentar poner freno a la expansión del coronavirus.

Entre dichos motivos y según las mismas fuentes, se encuentran no respetar la distancias entre mesas en sus terrazas, servir en la barra, o permitir la presencia de clientes en el interior de los establecimientos.

A partir de las 00.00 horas de este martes, las nuevas medidas restrictivas entran en vigor en Castilla-La Mancha y derivadas de ellas vendrá el cierre de los establecimientos hosteleros en toda la región, incluyendo, obviamente, los de Albacete capital y provincia.

NUEVAS MEDIDAS

El Gobierno de Castilla-La Mancha, tras una reunión de su Consejo, ha decretado medidas especiales nivel 3 reforzadas en todo el territorio de Castilla-La Mancha, ante el avance de la incidencia de la epidemia por coronavirus.

El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page y el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, han explicado que “nos esperan semanas duras”.

El decreto incluye que se procederá al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares.

Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible, como los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales, servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos, servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados y servicio de comedor escolar en guarderías y colegios de Educación Primaria.

En los antedichos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Se permitirá el servicio reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad

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