Policía Local de Albacete ha puesto casi 10.000 sanciones por no cumplir las medidas COVID

/El Digital de Albacete/

El impacto del Covid en el servicio policial ha sido innegable, de ahí que el Ayuntamiento de Albacete haya hecho un esfuerzo para que la Policía Local tuviese más medios humanos y técnicos. En 2020 se incorporaron 22 nuevos policías y se designaron 7 nuevos oficiales, por lo que la plantilla actual es de 219 agentes. 

El cumplimiento de las restricciones impuestas por la autoridad sanitaria ha marcado, sin duda, el trabajo de la Policía Local que ha cerrado el año 2020 con más de 9.817 infracciones impuestas por razones sanitarias. Pero el alcalde se ha fijado en el trabajo asistencial que realiza al Policía Local, ofreciendo datos como las 3.734 asistencias realizadas a vecinos; han colaborado para hacer posible 200 donaciones de material e incluso felicitaron a 190 niños por su cumpleaños en los peores días de confinamiento.

“Estos datos revelan el humanismo, la vocación de servicio a la ciudadanía y compromiso con Albacete de la Policía Local, compromiso que se puede cuantificar en 224.000 horas de servicio y atención a 66.569 incidencias, con las que ha cerrado el año 2020”, ha expuesto el alcalde. 

En lo que concierte al SERVICIO CONTRA INCENDIOS, pese a lo complicado que ha sido 2020, se hizo un esfuerzo para destinar a este servicio 424.000 euros para adquirir equipos de protección y material de desinfección, que usaron durante la excelente labor que realizaron en el confinamiento, higienizando centros de salud, hospitales, residencias de mayores y espacios públicos con gran afluencia de personas. 

Ahí están los 64 días ininterrumpidos que estuvieron haciendo labores de desinfección, para las que utilizaron 85.000 litros de solución desinfectante y más de 1.200 horas de trabajo, labor que se prestó a través de voluntarios, “como alcalde, quiero agradecerles su compromiso con la ciudad”.

En 2021, ha anunciado el alcalde, se mantendrá el esfuerzo de mejora de recursos, destinando 500.000 euros a equipamiento de todo el personal del servicio con los EPI de rescate e intervención que necesitan (trajes de fuego, rescate técnico, fenómenos meteorológicos adversos…) y el refuerzo de la plantilla con la incorporación este mismo mes de 16 nuevos bomberos que cubrirán las vacantes que había en el servicio.

El servicio despidió 2020 con una media de 11 llamadas diarias, cerca de 3.600 llamadas, 250 actuaciones motivadas por incendios y 408 en accidentes de tráfico y rescates en viviendas. En total, han hecho unas 2.700 actuaciones.

Medidas especiales de nivel 3

El Gobierno Nacional decretaba pasado el verano un segundo Estado de Alarma con medidas para continuar luchando con el objetivo de frenar la propagación del coronavirus. Medidas que no contemplan el confinamiento de la población pero que han traído consigo la imposición del toque de queda de 00:00 a 6:00 horas, la prohibición de fumar sin respetar la distancia de seguridad, el cierre perimetral de algunas Comunidades Autónomas o el obligatorio uso de la mascarilla.

Así, actualmente Albacete capital se encuentra bajo medidas especiales de nivel 3 debido a la situación epidemiológica que atraviesa la ciudad.

Locales de ocio

  • Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  • Se suspende la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.

Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible:

  • Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales.
  • Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos
  • Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.

Para estos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

  • Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
  • Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
  • Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
  • Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.  Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
  • En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.

En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad, protección e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de covid-19.

Centros sociosanitarios

  • Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
  • Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
  • No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
  • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
  • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Actividades religiosas de ámbito social

  • Velatorios y ceremonias: un máximo de 6 personas.
  • Eventos sociales, como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas.

Consumo de alcohol

  • Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
  • El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Medidas complementarias

  • Espectáculos u otros eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
  • Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.
  • Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
  • Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del habitual.
  • Cines, teatros y auditorios: cierre cautelar.
  • Bibliotecas y museos: cierre cautelar.
  • Congresos, seminarios, y actividades de índole similar: se podrán celebrar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas.
  • Hoteles: sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.
  • Instalaciones deportivas de cualquier titularidad: el aforo máximo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores.
  • Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas: cierre de este tipo de instalaciones de uso público, independientemente de su titularidad.
  • Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad.
  • Mercadillos y mercados al aire libre: mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
  • Parques, jardines y espacios públicos de características similares: cierre cautelar durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
  • En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del máximo.
  • Autobuses urbanos y taxis: se limitará al 50 por ciento la ocupación de autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horariosde autobuses para evitar aglomeraciones

Grupos

Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de conviviencia estable.

Se recomienda a la ciudadanía:

  • La limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

Duración: estas medidas se aplicarán durante 10 días a partir de su publicación, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas.

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba