CORONAVIRUS | El garbanzo negro del toque de queda en Albacete

/El Digital de Albacete/

Únicamente una persona fue sancionada durante la pasada madrugada, del martes a este miércoles, por hacer caso omiso al toque de queda.

Según han indicado fuentes oficiales a El Digital de Albacete, esta fue la única sanción que tuvo que realizar el cuerpo de seguridad del Ayuntamiento de Albacete por incumplir el toque de queda, que obliga a los ciudadanos a permanecer confinados en sus domicilios desde las 00.00 horas hasta las 06.00 de la mañana.

Fue el Gobierno de Pedro Sánchez el que decretó el 25 de octubre la entrada en vigor del toque de queda o confinamiento nocturno, fijando el horario de las 23.00 a 06.00 horas y siendo dicho horario modulable ligeramente por los gobiernos autonómicos, como así ocurrió por ejemplo en Castilla-La Mancha al decretar las 00.00 horas como hora de inicio.

Una vez llegado el 9 de noviembre y como se recoge en el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros extraordinario fechas atrás, el poder de gestión del toque de queda pasó a mano de los Gobiernos autonómicos.

La norma añade que si los gobiernos autonómicos no toman ninguna decisión respecto a su “modulación, flexibilización o suspensión”, la medida del toque de queda “conservará su eficacia, en los términos previstos con anterioridad al comienzo de la prórroga autorizada”.

El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros recoge asimismo la vigencia de seis meses que defendía el Gobierno, a pesar de las peticiones que recibió el Ejecutivo central por parte del PP y de otros partidos de la oposición, incluso de sus previsibles apoyos, para acortar este periodo.

“La prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021”, confirma el decreto, en el que también se especifica que durante la prórroga se mantienen las condiciones establecidas en el primer real decreto del domingo 25 de octubre con el que se declaró el segundo estado de alarma a nivel nacional del año.

De este modo, las comunidades siguen siendo en esta prórroga las autoridades competentes delegadas para decidir, por ejemplo, si decretan confinamientos perimetrales de sus territorios o limitan el número de participantes en reuniones públicas o privadas; además de decidir sobre el toque de queda.

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