/Marta López/
La Comisión Informativa de Economía Productiva, Comercio, Consumo, Turismo, Promoción de la Ciudad y Festejos, dictaminaba favorablemente en su sesión ordinaria celebrada hace unas semanas el Expediente de propuesta de incoación de procedimiento sancionador de un establecimiento situado en la calle Hermanos Jiménez por venta de alcohol a menores.
De este modo, según recoge el informe de propuesta sobre incoación del procedimiento sancionador contra el titular del establecimiento ubicado en la mencionada calle de Albacete capital como presunto responsable de una infracción administrativa por contravenir lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ordenanza Reguladora de los espacios Públicos de Albacete para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo y en la normativa reguladora de la venta de alcohol a menores en Castilla-La Mancha.
Asimismo aparece reflejado en el mismo documento que los agentes de la Policía Local comprobaron que el 20 de febrero de 2019 el establecimiento estaba dispensando a una menor de edad una botella de vodka de 75 centilitros con una graduación alcohólica de 18%. Continúan especificando que“los hechos constatados por la Policía Local de Albacete y reflejados en las actas de inspección motivan la incoación del expediente sancionador, ya que suponen una infracción administrativa por vulnerar la Ordenanza Reguladora de los espacios Públicos de Albacete para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo y en la normativa reguladora de la venta de alcohol a menores en Castilla-La Mancha.
En ambas normativas vigentes se recoge que no se podrá facilitar ningún tipo de bebidas alcohólicas a los menores de edad, bien sea comprando la bebida para después facilitársela, invitándoles o mediante cualquier otra forma de suministro. Y es que se trata de una infracción tipificada como grave el suministro, venta o dispensación, gratuitos o no, de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. De este modo, conforme a los criterios establecidos para la tipificación y criterios de graduación de los hechos se propone imponer una sanción al establecimiento con una multa de 5.900 euros y la clausura del local o establecimiento por un periodo de 5 meses, teniendo en cuenta la intensidad y trascendencia social del hecho, la edad del menor al que se le dispensa la bebida alcohólica (14 años), la graduación de la bebida alcohólica dispensada (vodka de 18% de porcentaje etílico), y el riesgo de daño para la salud del menor.
Además, el informe de propuesta sobre incoación del procedimiento sancionador apunta como circunstancia agravante de la conducta infractora el hecho de que el mismo establecimiento hubiera sido sancionado por los mismos hechos en un total de 5 ocasiones entre los años 2015, 2016 y 2017. De este modo dispone de 10 días para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes.
Así, conforme al artículo 30 de la Ley 40/2015 el plazo de preinscripción de la infracción por la que ha sido denunciado es de dos años y comenzará a contarse desde la fecha de la comisión del hecho que constituye la infracción. Cabe destacar que es competencia de los Ayuntamientos sancionar las infracciones tipificadas que en esta Ley no atribuidas a la Administración Regional, tratándose de sanciones que conllevan el cierre de la actividad corresponde al Pleno Municipal.


