/Marta López/Fotos: Ángel Chacón/
El fiscal jefe provincial de Albacete, Juan Francisco Ríos Pintado, comparecía este viernes, 11 de septiembre, para explicar por qué se decidió archivar las diligencias contra los responsables de la gestión del confinamiento de los temporeros del asentamiento de la carretera de las Peñas.
Recordaba Ríos Pintado que “el pasado mes de julio un menor que estaba en el asentamiento de la carretera de las Peñas dio positivo por coronavirus cuando se le realizaron las pruebas protocolarias ante su ingreso en un centro de menores de la capital”. De este modo, “el Juzgado de Instrucción decretó el confinamiento del asentamiento y provocó a su vez que Sanidad decidiera aislar a los temporeros durante 14 días por ser contactos estrechos de los primeros infectados”, explicaba.
Así, señalaba que la primeras actuaciones contemplaron la separación en el pabellón polideportivo de un centro educativo “de estas personas infectadas y el traslado del resto de los temporeros al pabellón del IFAB”. Una decisión que recordaba “supone una privación de libertad y necesitaba ser ratificada por un juez”. De este modo, el 24 de julio “el Juzgado de lo Contencioso ratifica esta medida con un auto particular en su parte dispositiva donde se incorpora para su ordenado cumplimiento una serie de recomendaciones sobre como llevar a efecto este confinamiento”, subrayaba el Fiscal jefe provincial.
De todas estas medidas, señalaba como la más importante “la relativa a la separación de los temporeros confinados en grupos de 25 personas” con el objetivo de controlar mejor a los posibles infectados y liberar lo antes posible del confinamiento a los temporeros no afectados. Sin embargo, especificaba que “esta división no se había hecho y aparecieron nuevos contagios”, motivo por el que “se amplia otros 14 días el confinamiento, suponiendo para estas personas una reclusión de 28 días con una afectación a la salud que hubiera sido menor de haberse efectuado esta separación”.
Ante este hecho, el Juzgado de lo Contencioso “pide explicaciones al solicitarse la autorización para el segundo confinamiento y se sospecha de que los responsables de las administraciones podrían haber incurrido en un posible delito de desobediencia si no se cumplen con las medidas estipuladas”. Por este motivo “se notifica personalmente a las cabezas de estas administraciones, Ayuntamiento de Albacete, la delegación de Sanidad y el Subdelegación del Gobierno “incoar una diligencia de investigación para ver si estas diligencias de confinamiento se habían desobedecido pese a quedar reflejadas en la orden judicial”.
“En estas diligencias de investigación hemos unido documentación del proceso contencioso administrativo del primer auto, los atestados de los problemas policiales de orden público y un informe de Sanidad sobre la gestión del confinamiento”, indicaba Juan Francisco Ríos Pintado. Igualmente añadía que también se tomó declaración “como investigados al alcalde de Albacete, la delegada de Sanidad, el subdelegado del Gobierno y la secretaria de Sanidad”.
Tras ello, el procedimiento “se ha archivado finalmente porque para que haya delito por desobediencia debe existir un mandato concreto y conocido”, destacaba. “El auto judicial del 24 de julio no fue notificado ni al Ayuntamiento ni a la Subdelegación, solo fue notificado a Sanidad y no incorpora un mandato concreto a personas concretas”, reconoce el fiscal. Así, “esta falta de claridad hizo que se enquistado una discusión de competencia tácita entre el Ayuntamiento y la Junta de Comunidades sobre a quién correspondía materialmente proceder a realizar la sectorización de los temporeros”, apuntaba.
“Suscitando dudas entre las competencias, la falta de coordinación y al no aparecer una asignación clara por desobediencia no se pueden exigir responsabilidades penales”, reconocía. Estos han sido los motivos por los que “no procede continuar con las diligencias y se ha procedido a su archivo”.
“Todos hemos aprendido de esta situación y esperamos que no vuelva a repetirse”, apuntaba, y reconocía que “a partir del 5 de agosto cuando se decretó el segundo confinamiento sí se procedió a la división de los temporeros en 8 pabellones”. Pero “hasta que esto no se hizo parece lógico entender que no se gestionó correctamente el problema”, y aclaraba Juan Francisco Ríos Pintado que “no se hizo correctamente pero no hay responsabilidad penal por desobediencia”.














