Aprobado el cierre temporal y multa a un establecimiento de Albacete que vendió alcohol a menores

/Marta López/

El Pleno del Ayuntamiento de Albacete aprobaba por unanimidad este jueves, 27 de agosto, la sanción y cierre de 5 meses de un establecimiento situado en la calle Parra de la capital albaceteña. De este modo, todos los grupos políticos del Consistorio local respaldaban esta decisión adoptada durante la sesión extraordinaria de la Comisión Informativa de Economía Productiva, Comercio, Consumo, Turismo, Promoción de la ciudad y Festejos.

La duración de la sanción impuesta a este establecimiento será de 5 meses y el motivo “la venta de alcohol a menores”. Así el informe de la propuesta de sanción aprobada recoge que durante la madrugada del 7 de julio agentes de la Policía Local de Albacete comprobaron que “en el establecimiento se había dispensado a una menor de edad bebida alcohólica consistente en crema de tequila con una graduación alcohólica de 17%”. Tras ello procedieron a la identificación de la persona que había dispensado el alcohol a la menor.

De este modo, consideran “probados los hechos consistentes en dispensar bebidas alcohólicas a menores de edad”, algo que supone el incumplimiento de lo establecido en la Ordenanza reguladora de los espacios públicos de Albacete para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo”. Igualmente contraviene “la normativa reguladora de alcohol a menores en Castilla-La Mancha”.

Por todo ello, se proponía “imponer al titular del establecimiento “una sanción económica de 5.900 euros y la clausura del local por un periodo de 5 meses, teniendo en cuenta la graduación, intensidad y trascendencia social del hecho, así como la alta graduación de la bebida alcohólica dispensada”. Medidas que han sido aprobadas por unanimidad durante la sesión plenaria correspondiente al mes de agosto.

Asimismo, el informe de la propuesta subrayaba que el hecho “supone un riesgo acreditado de daño para la salud de la persona al tratarse de un menor de edad”, a lo que suman “la reiteración de la conducta infractora, al haber sido sancionado por los mismos hechos” en otras cuatro ocasiones durante los años 2016 y 2017.

El pago de la sanción se hará efectivo en la entidad financiera designada al efecto, mientras que el cierre del establecimiento deberá ejecutarse “en el plazo máximo de diez días hábiles a partir de que el presente Acuerdo devenga firme en vía administrativa”, concluyen.

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