Podrían cerrar durante 5 meses un establecimiento del centro de Albacete por venta de alcohol a menores

/Marta López/

Durante la sesión extraordinaria de la Comisión Informativa de Economía Productiva, Comercio, Consumo, Turismo, Promoción de la ciudad y Festejos del Ayuntamiento de Albacete que se celebrará este miércoles 26 de agosto estudiará la imposición y clausura de un establecimiento situado en la calle Parra de Albacete.

La duración de la sanción será de “cinco meses” y el motivo “la venta de alcohol a menores”, según recoge el orden del día de esta sesión extraordinaria. De este modo indican que durante la madrugada del 7 de julio agentes de la Policía Local de Albacete comprobaron que “en el establecimiento se había dispensado a una menor de edad bebida alcohólica consistente en crema de tequila con una graduación alcohólica de 17%”. Tras ello procedieron a la identificación de la persona que había dispensado el alcohol a la menor.

De este modo consideran “probados los hechos consistentes en dispensar bebidas alcohólicas a menores de edad”, algo que supone el incumplimiento de lo establecido en la Ordenanza reguladora de los espacios públicos de Albacete para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo. Igualmente contraviene la normativa reguladora de alcohol a menores en Castilla-La Mancha”.

Por tanto, se propone imponer al titular del establecimiento “una sanción económica de 5.900 euros y la clausura del local por un periodo de 5 meses, teniendo en cuenta para la graduación la intensidad  y trascendencia social del hecho, y la alta graduación de la bebida alcohólica dispensada”, recoge el informe de la propuesta. Asimismo, subrayan que el hecho supone “un riesgo acreditado de daño para la salud de la persona al tratarse de un menor de edad”, a lo que suman “la reiteración de la conducta infractora, al haber sido sancionado por los mismos hechos” en otras cuatro ocasiones durante los años 2016 y 2017.

El pago de la sanción se hará efectivo en la entidad financiera designada al efecto, mientras que el cierre del establecimiento deberá ejecutarse “en el plazo máximo de diez días hábiles a partir de que el presente Acuerdo devenga firme en vía administrativa”, concluyen.

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