Alcaldesa de Villamalea: “Estamos muy preocupados por la situación”

/Marta López/

“Estamos muy preocupados por la situación pero poniendo en marcha todas las medidas que desde la Delegación Provincial de Sanidad se nos impusieron ayer”, indicaba a El Digital de Albacete la alcaldesa de Villamalea, Ana Teresa García. Así, subrayaba que por el momento “no disponemos de información nueva salvo la última resolución de la Delegación de Sanidad”.

El Ayuntamiento de Villamalea hacía público este domingo, 16 de agosto, la comunicación de Sanidad en la que se informa de la evolución de los dos brotes de COVID-19 que afectan al municipio con un total de 29 casos.

Entre las medidas para frenar el avance del coronavirus en esta localidad albaceteña la alcaldesa de Villamalea destacaba “el cierre de todos los bares de la localidad; la suspensión de toda actividad religiosa, deportiva y de ocio; el cierre del mercadillo y el de todos los parques jardines de la localidad”. En concreto “se trata de controlar todos aquellos lugares que pudieran suponer un mayor riesgo de contagio y evitar las grandes concentraciones de personas”. Igualmente, enfatizaba Ana Teresa García que también es necesario “reducir los encuentros entre personas no convincentes”, con el fin de atajar lo más rápido posible la situación.

De este modo la alcaldesa de Villamalea manifestaba que el Ayuntamiento “está a disposición de todas aquellas medidas que las autoridades sanitarias nos digan que tenemos que poner en marcha intentando ser de apoyo para tener controlados cuanto antes los dos focos que han dado inicio a este brote”.

Brotes

El primero de los brotes se detectó el viernes, 14 de agosto, y parecía tener un ámbito familiar, aunque vinculado a una empresa local dedicada al cultivo y procesamiento de champiñón. La declaración inicial refería 4 casos confirmados y 4 contactos en seguimiento. A último hora de la mañana de ese día la Sección de Epidemiología de la Delegación Provincial de Albacete declara otro brote de COVID-19 en ese mismo municipio que se relaciona con una despedida de soltero celebrada en Altea (Alicante).

Empresa de champiñón

Este sábado, 15 de agosto, Sanidad actualizó los datos de estos dos brotes, ascendiendo a 17 los positivos en el brote declarado en una empresa champiñones, que se reparten en 3 positivos en trabajadores de la empresa, 7 en el entorno laboral y otros 7 en el entorno familiar. 

Además, este sábado se tuvo conocimiento de un nuevo caso positivo de un empleado de una empresa de restauración en la que se ha demostrado la relación epidemiológica con los casos de la empresa de champiñón.

Se está a la espera de resultados de más pruebas PCR de contactos en estudio, que podrían arrojar más positivos en los próximos días.

Despedida de soltero

En el otro brote son 11 las personas afectadas y su origen está en una despedida de soltero celebrada en la localidad alicantina de Altea. Entre los afectados hay familiares de las personas que acudieron a la despedida.

Además, Sanidad indica al Ayuntamiento de Villamalea que la semana del 10 al 15 de agosto se habrían programado en Villamalea diversas actividades culturales las cuales se realizaron hasta el día 13, a las 15 horas, día en el que este consistorio conocía la existencia de casos positivos y suspendió el resto de actividades.

Como evento destacable como factor contribuyente a una posible propagación, Sanidad recoge un festejo taurino celebrado el día 9 y diversas actividades con asistencia de personas no convivientes.

Hasta el día de hoy existen 148 contactos estrechos con los positivos detectados de los que sólo 52 son personas convivientes.

Todas las medidas

Por todo esto la autoridad sanitaria procede a tomar las siguientes medidas

PRIMERO.- Decretar las siguientes medidas:

1. Cierre cautelar de establecimientos:
– Centro Social, casinos, clubes.
– Cierre de los bares del municipio.
– Suspensión de actividad religiosa de cualquier tipo.
– Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales, locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre o prohibición, con el fin de frenar la transmisión virus.

2. Vigilancia y control estricto de centros socio-sanitarios:
– Suspensión de visitas y salidas en Centros de Mayores
– Mantener estrictas medidas de higiene y control de la infección en todos ellos

3. Medidas complementarias:
– Supresión de actividades colectivas de ocio.
– Suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público.
– Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
– Cierre cautelar de parques y jardines.
– Control estricto de número máximo de personas y distancia entre ellas (No se autorizan reuniones sociales y/o familiares con más de 10 personas).
– Restricciones en número de personas en velatorios (máximo 10)
– Suspensión de eventos sociales (bodas, bautizos,…)

4. En los establecimientos de comestibles y otros no afectados por esta disposición, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento (máximo dos clientes dentro del establecimiento), uso obligatorio de mascarilla e higiene de manos, con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento

5. Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos, en colaboración con los Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y de la policía y la Guardia Civil.

6. Cribados con PCR a personas y grupos que pudieran estar relacionadas con alguno de estos brotes.

SEGUNDO.- En caso de que la situación epidemiológica no mejore, se procederá al confinamiento de todo el municipio.

TERCERO.- Estas medidas serán de aplicación durante 14 días desde el día pudiendo reducirse, ampliarse o modificarse en función de la evolución de la situación epidemiológica.

CUARTO.- Dar traslado de esta Resolución al Excmo. Ayuntamiento de Villamalea para dar cumplimiento a las medidas que le correspondan en razón de sus competencias y a efectos de prestar la colaboración necesaria para ubicar las direcciones de los establecimientos y sus titulares.

QUINTO.- Asimismo, dado el carácter urgente de esta medida se procede a la aplicación desde su firma, procediéndose a la remisión de esta Resolución al Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, conforme a lo previsto en el art. 8.6 in fine de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

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