Securitas Direct no quería devolverle sus 105 euros al desistir del contrato y acudió a FACUA

/Redacción/

FACUA Castilla-La Mancha ha logrado que la empresa reembolse al usuario el dinero que pagó al darse de alta. En las contrataciones fuera de establecimiento, hay 14 días para ejercer el derecho de desistimiento.

A través de una nota de prensa destacan que “tras la reclamación de FACUA Castilla-La Mancha, Securitas Direct ha devuelto a un usuario 105 euros de un contrato por una alarma para su domicilio del que decidió desistir a los pocos días”.

Explican que “el usuario, residente en Cuenca, contrató a finales de 2019 con Securitas Direct sus servicios de seguridad para su vivienda a través de un vendedor de la compañía que se presentó en su domiclio para ofrecerle los servicios de la empresa. Tras formalizar el contrato, un técnico de la empresa acudió a instalarle el equipo. Por todo el proceso, abonó 105,27 euros”.

“Sin embargo a los pocos días, decidió ejercer su derecho de desistimiento ya que no estaba convencido del servicio, y así se lo hizo saber a la empresa, reclamando la desistalación del equipo y la devolución del dinero. Un técnico de Securitas Direct acudió a su casa para retirar el equipo pero, pese al paso de los días, no le reembolsaban los 105 euros”, destacan desde Facua.

Así, manifiestan que “tras numerosos intentos sin éxito de que la empresa le reintegrara dicha cantidad, Carlos decidió acudir a FACUA Castilla-La Mancha para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Securitas Direct para instarle a que reembolsara los 105 euros al usuario, tal y como establece la normativa que regula el derecho de desistimiento”.

Así, el artículo 68 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece como derecho de desistimiento “la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho” que, según el artículo 71 de esta normativa, es “un plazo mínimo de catorce días naturales”.

Según indica el título III de la citada normativa, este derecho de desistimiento se establece para todos aquellos contratos “celebrados a distancia” y “fuera del establecimiento mercantil”, con la salvedad de aquellas excepciones recogidas en su artículo 103. Por otra parte, también recoge que “cuando un usuario ejerce su derecho de desistimiento, el empresario debe reembolsar todos los pagos, sin demoras indebidas y antes de que finalicen catorce días naturales desde que el consumidor le comunicó su decisión.”

Tras la reclamación de FACUA Castilla-La Mancha, “Securitas Direct ha reconocido que a Carlos le asistía efectivamente este derecho de desistimiento y ha procedido a devolverle los 105,27 euros”, apuntan.

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