ÚLTIMA HORA | Sanidad da luz verde a Toledo, Ciudad Real y Albacete para pasar a la Fase 1

/Javier Romero/

El Comité de Expertos del Ministerio de Sanidad ha dado luz verde a que la provincia de Albacete, Ciudad Real y Toledo pasen a la Fase 1 de la desescalada desde las 00:00 del próximo lunes, 18 de mayo, al cumplirse los criterios establecidos por los expertos para avanzar en la desescalada. Dichas provincias han permanecido durante esta semana en Fase 0 a la espera de una nueva evaluación, que al ser positiva posibilita que estas provincias entren en esta nueva fase, en la que en Castilla-La Mancha ya estaban Cuenca y Guadalajara, y que permite los desplazamientos entre los diferentes municipios de la misma provincia y reuniones de hasta 10 personas, entre otras cuestiones.

¿QUÉ SE PODRÁ HACER?

Ver a los seres queridos, asistir a entierros y velatorios, comprar sin cita previa, sentarse en una terraza o ir a la iglesia son algunas de las medidas de alivio que estarán permitidas en los territorios que entren el lunes en la fase 1 de la desescalada.

El Ejecutivo ha establecido una serie de medidas generales para la fase 1, si bien los acuerdos con las comunidades autónomas pueden incluir especificidades territoriales en la desescalada, que por el momento en Castilla-La Mancha no se han detallado de manera específica.

A continuación, una serie de preguntas y respuestas de las actividades permitidas en la fase 1 según el Plan de Transición hacia la nueva normalidad del Ejecutivo, fase a la que pasarán algunas provincias el próximo lunes 18.

¿Podré ver a mis seres queridos?

Sí, siempre en la misma provincia, salvo que sea positivo por coronavirus o esté en aislamiento. No podrá visitar a personas ancianas o que pertenezcan a un grupo de riesgo, por ser más vulnerables a la COVID-19.

¿Hasta cuántas personas podrán reunirse?

Se permiten reuniones de hasta diez personas. Tendrán que mantener la distancia de seguridad de dos metros y respetar las normas de higiene relativa a lavado de manos y “etiqueta respiratoria”.

¿Dónde podrán celebrarse esas reuniones?

Tanto en casa como en la calle.

¿Podré sentarme en una terraza a tomar algo?

Sí, siempre y cuando encuentre sitio para hacerlo porque sólo se podrán ocupar el 50 % de las mesas. Tendrá que haber una distancia mínima de dos metros entre las mesas y los grupos de clientes no superarán las diez personas. Además, habrá que desinfectar las mesas entre un cliente y otro, y no se podrán utilizar cartas de uso común ni servilleteros.

¿Cuántas personas pueden desplazarse en un mismo coche a la vez?

Los habitantes de un mismo domicilio pueden compartir un coche de hasta nueve plazas, como ocurría desde el pasado lunes.

¿Qué cambios afectarán a las tiendas?

Tan sólo podrán abrir los comercios de menos de 400 metros cuadrados, igual que en la fase 0, pero ya no será necesaria la cita previa ni la atención individual. Las tiendas permitirán la entrada de clientes hasta un máximo del 30 % de su aforo, será necesario mantener una distancia de seguridad mínima de dos metros y se deberá establecer un horario de atención preferente a mayores. Además, los comerciantes tendrán que desinfectar dos veces al día el local.

¿Se reactivarán los mercadillos?

Sí, volverá la actividad de los mercados al aire libre en la vía pública, aunque con restricciones relativas al distanciamiento entre puestos y la delimitación del mercado ambulante para un correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Se limita al 25 % el número de puestos habituales y la afluencia máxima permitida será de la tercera parte del aforo. Se espera que el Ayuntamiento de Albacete comunique cuándo se retoman ‘Los Invasores’ y en qué condiciones.

¿Abrirán el lunes los centros comerciales o las tiendas de más de 400 metros cuadrados?

No, no se permite su apertura en la fase 1.

¿Estarán permitidos los velatorios?

Sí, pero se limita el número de familiares que pueden hacerlo, que es de 15 personas si tiene lugar al aire libre y de diez en espacios cerrados.

¿Se podrá acudir a entierros?

Sí, pero también se fija un límite: la comitiva para el enterramiento o la despedida para la cremación del fallecido se restringe a un máximo de quince personas y, en su caso, se podrá sumar el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

¿Podré ir a la iglesia?

Sí, los lugares de culto abrirán en la fase 1, pero la afluencia de fieles se reducirá a un tercio.

¿Se podrá salir de la provincia?

No.

¿Estará permitido el baño en piscinas?

No.

¿Los gimnasios abrirán sus puertas?

Si las instalaciones deportivas son al aire libre y las actividades no implican contacto físico (como el tenis o el atletismo), se podrá acudir en la fase 1. También en ese momento se podrán realizar actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

Sin embargo, el uso de instalaciones cuyo espacio sea cerrado se tendrá que posponer a la fase 2 y sólo cuando el deporte se haga sin público y no requiera contacto físico.

¿Se recuperará la atención a las personas con discapacidad y las terapias de atención temprana, ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales?

Sí, y también se volverá a prestar atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores que no vivan en residencias.

Concesionarios, ITV y administraciones de Lotería

El Gobierno permitirá en las provincias y zonas que han pasado a la fase I de la desescalada la reapertura al público  de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas “sea cual fuera su superficie útil” mediante la utilización de cita previa. También podrán abrir las administraciones de lotería.

Así se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) relativo a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El Gobierno señala que podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, “siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados”, si bien se exceptúan aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.

En el artículo 10 establece que además “podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta”.

PODRÁN ABRIR LAS ADMINISTRACIONES DE LOTERÍA

Asimismo “podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior”.

Según el BOE, todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, “podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso”.

Además, señala que cuando así lo decidan los ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, “podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores”.

Según subraya, los ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.

“En todo caso, se garantizará una limitación al 25% de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación”, indica.

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