¿Cuántos trabajadores hay afectados por un ERTE en Albacete?

/Llanos Esmeralda García/

La provincia de Albacete aglutina el 22,4 por ciento del total de expedientes de regulación de empleo ERTEs de toda Castilla-La Mancha con 4.049 expedientes que afectan a 17.616 trabajadores. En el conjunto de la Comunidad Autónoma se han registrado hasta la fecha 17.816 ERTEs que afectan a 78.613 trabajadores. Así se desprende de los datos  del Gobierno de Castilla-La Mancha los que ha tenido acceso El Digital de Albacete.

En el resto de las provincias, Toledo aglutina el 29,2 por ciento; Guadalajara el 10,4 por ciento, Ciudad Real el 23,9 por ciento y Cuenca, el 9,6 por ciento.

Del total de ERTEs en la provincia de Albacete, 16.732 son suspensiones de trabajo y 790 reducciones de jornada. Estos expedientes de regulación de empleo están resueltos hasta la fecha, en el 94,7 por ciento de los casos, y equivalen a 3.822 ERTEs.

Además, 74 de los 87 municipios de la provincia albaceteña han presentado alguno ERTE por parte de sus empresas, siendo Albacete capital, la localidad con mayor concentración de expedientes de regulación de empleo sobrepasando el 50 por ciento provincial. Almansa tiene el 8,3 por ciento de los ERTEs de la provincia, Hellín el 8,2 por ciento; La Roda el 3,19 por ciento y Villarrobledo el 8,3 por ciento, y el resto de la provincia el 23,31 por ciento.

Solo hay 13 localidades albaceteñas sin ERTEs como son Balsa de Ves, Casas de Lázaro, Cotillas, Fuensanta, Golosalvo, La Herrera, Jorquera, Masegoso, Navas de Jorquera, Peñascosa, Pétrola, La Recuela y Villavaliente.

¿QUÉ ES UN ERTE?

Es el procedimiento que han de realizar las empresas cuando, como consecuencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción tengan que suspender temporalmente la totalidad o parte de su actividad, con la consiguiente suspensión de los contratos de trabajo o la reducción temporal de la jornada de trabajo de las personas trabajadoras en dicha empresa. El alcance y duración de las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de jornada se adecuarán a la situación coyuntural que se pretende superar, en este caso a la situación derivada del COVID-19. Al ser una medida temporal, la empresa no tendrá que abonar indemnización alguna a las personas trabajadoras afectadas, sin perjuicio del derecho de éstas a percibir las prestaciones de desempleo correspondientes.

 

Durante el periodo fijado en el ERTE, la empresa no tiene que abonar retribuciones a las personas trabajadoras afectadas por la suspensión. Asimismo, en el supuesto en que el ERTE contemple la reducción de jornada, la empresa únicamente abonará la parte proporcional correspondiente a la jornada realizada.

Respecto a las cuotas de Seguridad Social y, de forma exclusiva para los casos de fuerza mayor motivados por el COVID-19 y mientras dure el período de suspensión de contratos o reducción de jornada:

➢ La Tesorería General de la Seguridad Social exonerará a la empresa del abono de las cuotas empresariales, así como del relativo a las cuotas por conceptos de recaudación conjunta, siempre que la empresa, a 29 de febrero de 2020, tuviera menos de 50 personas trabajadoras en situación de alta en la Seguridad Social. Si la empresa tuviera 50 personas trabajadoras o más, la exoneración de la obligación de cotizar alcanzará al 75% de la aportación empresarial.

➢ A efectos de las personas trabajadoras, dicho período se tendrá como efectivamente cotizado a todos los efectos.

➢ La exoneración de cuotas se aplicará por la Tesorería General de la Seguridad Social a instancia de la empresa, previa comunicación de la identificación de los trabajadores y trabajadoras y período de la suspensión o reducción de jornada. A efectos del control de la exoneración de cuotas será suficiente la verificación de que el Servicio Público de Empleo Estatal ha procedido al reconocimiento de la correspondiente prestación por desempleo por el período de que se trate.

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba