El sector tributario vuelve a reclamar al Gobierno la ampliación de plazos de los impuestos

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha manifestado este lunes una vez más su “más enérgica protesta” por la negativa del Ministerio de Hacienda a aplazar las autoliquidaciones y el pago de los impuestos que de las mismas se derivan durante el estado de alarma.

La Asociación ha insistido desde el inicio de la crisis sanitaria en la necesidad de tomar medidas fiscales urgentes más flexibles que complementen las demás medidas financieras adoptadas por el Gobierno para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.

A esta demanda, señala, se suman todos los colectivos involucrados en la preparación de las declaraciones y de las autoliquidaciones: contribuyentes, los propios técnicos e inspectores de Hacienda y los profesionales del asesoramiento fiscal, que reclaman al Ejecutivo una acción inmediata y coherente en materia fiscal, así como las patronales sindicales.

Además, Aedaf puso en marcha el pasado martes 30 de marzo una campaña en Twitter para protestar por la inflexibilidad del Ejecutivo en materia fiscal con la etiqueta #Nopuedopresentarimpuestos, que ha cosechado más de 2.000 menciones en la red social en las últimas horas.

De igual forma, los asesores fiscales recuerdan que 15 comunidades autónomas españolas ya han aplazado sus impuestos y que 22 países del entorno de España ya han tomado medidas fiscales contemplando moratorias de todo tipo. La Comisión Europea publicó el 4 de abril una comunicación en la que se relajan temporalmente sus normas sobre ayudas de estado y en un punto decía que los aplazamientos de pago de impuestos y cotizaciones a la seguridad social “pueden ser una valiosa herramienta para reducir las dificultades de liquidez de las empresas (incluidas las personas que trabajan por cuenta propia) y preservar el empleo”.

DECÁLOGO DE PROPUESTAS

La propuesta de la Aedaf de diez medidas urgentes en materia de impuestos remitida a las autoridades tributarias para por retrasar, al menos hasta el mes de junio, el plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones correspondientes al mes de marzo y primer trimestre de 2020 por pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, pagos a cuenta de autónomos, IVA, retenciones por IRPF.

También pide habilitar la posibilidad de solicitar aplazamientos extraordinarios de deudas tributarias por parte de todas aquellas empresas, con independencia de su tamaño, que experimenten una acreditada dificultad para cumplir con las obligaciones tributarias derivadas de la crisis del Covid-19. Asimismo, cree que debería ampliarse el importe de las deudas a prorrogar sin necesidad de aportar garantía hasta 200.000 euros.

Asimismo, plantea la posibilidad de compensación inmediata de créditos y débitos tributarios, en el ámbito propio de la Administración tributaria estatal, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, entre distintas sociedades integrantes de un mismo grupo económico, en los términos definidos por el artículo 42 del Código de Comercio.

Igualmente, aboga por la flexibilización de los actuales requisitos para compensar créditos y débitos tributarios y para acceder a la cuenta corriente tributaria, en paralelo a una aceleración de las devoluciones de créditos tributarios solicitados por el contribuyente o reconocidos a favor del contribuyente.

Otra demanda de Aedaf es la ampliación hasta la presentación de la primera autoliquidación de la fecha límite para renuncia o inclusión del criterio de caja o la renuncia o revocación para acogerse a las modalidades de IRPF de estimación directa simplificada o estimación objetiva, que finalizó el pasado 31 de diciembre, y el plazo concluido el pasado 2 de marzo para ejercitar la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural.

A su vez, pide la flexibilización de las reglas de cálculo de los pagos fraccionados para 2020, de forma que la base de los pagos debería ser el menor del resultado contable o de la base imponible del contribuyente, y contemplar la deducibilidad fiscal y deducción específica por los donativos otorgados a empresas u organizaciones involucradas en investigaciones médicas.

Por último, pide la exención de los rendimientos del trabajo en especie de los productos y servicios recibidos por los empleados que permitan la realización de teletrabajo, tales como ordenadores, impresoras, tabletas electrónicas o mobiliario.

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