Advierten de los miles de pacientes afectados que dejaría un posible cierre de Dentix

/Redacción/

  • Se encuentra en preconcurso de acreedores. La asociación critica que el Gobierno aún no haya acometido ningún cambio normativo para proteger a los usuarios del cierre de clínicas dentales.

FACUA-Consumidores en Acción advierte de que un posible cierre de la cadena de clínicas dentales Dentix, que se encuentra actualmente en fase de preconcurso de acreedores, podría dejar a miles de pacientes afectados con tratamientos sin empezar o a medio terminar.

La asociación critica que, casi dos años después de que estallase el escándalo iDental, ni el anterior Ejecutivo de Pedro Sánchez ni el actual hayan realizado ningún tipo de modificación de la normativa que regula las clínicas dentales para asegurar la protección de los derechos de los consumidores en este sector de actividad y con un modelo de negocio vinculado a contratos de financiación. La más urgente, la exigencia de un seguro de responsabilidad civil para autorizar la apertura, de forma que quede cubierto el riesgo de cierre o quiebra de la compañía.

En este sentido, FACUA recuerda que tras el cierre total de iDental en junio de 2018, en cuyo proceso judicial ejerce la asociación la acusación particular, se dirigió a la entonces ministra de Sanidad, Carmen Montón, para que acometiera una modificación de la normativa que regula los centros sanitarios privados.

La asociación indicaba que las leyes que regulan las clínicas dentales, el Real Decreto 1594/1994 y los desarrollos autonómicos, resultan insuficientes para garantizar la protección de los derechos de los usuarios, y reclamaba una serie de modificaciones, entre las que consta la exigencia del seguro de responsabilidad civil que incluyera el riesgo de cierre o quiebra del negocio.

Además, FACUA reclamó al Gobierno que se reforzaran los controles de la Administración a estas clínicas, se regulasen las autorizaciones y procedimientos de cierre en aquellas comunidades autónomas que aún no lo hacen, se revisaran las sanciones que se deben imponer en caso de que incurran en incumplimientos de la norma. FACUA recuerda que Dentix fue una de las cadenas odontológicas que se ofreció para continuar los tratamientos de los afectados por el cierre de iDental.

También instó a que se regulara la información de la clínica que debe estar disponible al público, tanto en cartelería como en toda la documentación que se entregue al usuario (contratos de financiación, facturas, etc.), incluyendo la denominación social y comercial, administrador, odontólogo responsable, datos de contacto, procedimiento para interponer reclamaciones, solicitud de historiales clínicos, etc. De esta forma, los usuarios pueden saber a quién se tienen que dirigir a la hora de reclamar por un cierre o cualquier otro tipo de problema.

Dentix se encuentra actualmente en preconcurso de acreedores, después de haber lanzado un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) que afecta a 3.200 trabajadores, para evitar así que proveedores, empleados o bancos insten la quiebra en los juzgados.

Derecho a cancelar la financiación de los tratamientos

FACUA recuerda a los usuarios, si se ven afectados por el cierre y la no prestación de los servicios contratados, que tienen derecho a que se anule la financiación de los tratamientos, si fueron contratados exclusivamente para ese fin, en el momento en que queden interrumpidos.

Así lo establece la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, que indica en su artículo 26 que la ineficacia en los contratos de consumo, como la no prestación de un tratamiento dental, “determinará también la ineficacia del contrato de crédito destinado a su financiación”. Esto implica que la entidad financiera está obligada a paralizar los cobros y la clínica que prestaba el servicio debe devolver las cantidades que hubieran sido pagadas hasta el momento de la interrupción del tratamiento.

Además, el artículo 29 de la misma ley entiende como crédito vinculado aquel “que sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo a la prestación de servicios específicos” y especifica que “ambos contratos constituyen una unidad comercial”, por lo que la interrupción de uno supone la resolución del otro.

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