Empresarios y autónomos, obligados por Hacienda a romper el confinamiento para presentar las liquidaciones del primer trimestre

/Marta López/

Empresarios y autónomos tienen que continuar presentando la documentación necesaria en relación a los impuestos del primer trimestre del 2020 y muchos de ellos lo tienen que realizar de forma presencial en su correspondiente asesoría fiscal antes del 20 de abril, en concreto si lo tienen que domiciliar ha de ser antes del día 15 de abril.

De este modo, José Luis Denia, responsable Departamento Fiscal de la Federación de Empresarios de Albacete (FEDA) y miembro de la Asociación de Asesores Fiscales, explicaba a El Digital de Albacete que “los impuestos y declaraciones que se van a tener que hacer en el mes de abril son los resultados de todos los ingresos, compras y gastos que han tenido durante el primer trimestre de 2020 empresas, autónomos y sociedades”. Así, con el objetivo de “cuantificar estos resultados, necesitamos de la documentación y facturas que justifiquen los ingresos y gastos”, apunta.

Se trata de un procedimiento que “habitualmente se hace en los periodos voluntarios de las declaraciones tributarias”, matiza, a lo que añade que “la del primer trimestre es del 1 al 20 de abril”. Un fecha que debido a la prórroga del Estado de Alarma imposibilita a muchos empresarios la tramitación presencial de esta documentación. De este modo tanto las asesorías fiscales como los contribuyentes deberán hacer frente a un nuevo panorama en el que “vamos a tener que recepcionar esas facturas de forma telemática” algo que “no todo el mundo está preparado para realizar”, apunta Denia.

“Con la atención que ahora mismo tenemos no podemos debernos únicamente a los socios que nos puedan facilitar esta documentación por vía telemática”, sino que “no podemos dejar a los que necesiten entregar documentación de forma física para tramitar los impuestos”, subraya. Así, recuerda que la ampliación del actual estado de confinamiento, que según avanzaba Pedro Sánchez se extendería hasta el 12 de abril, “va a dificultar la tarea a la hora de preparar las declaraciones, ya que el periodo si de por sí es corto, con estas circunstancias que atravesamos va a ser todavía más difícil el conseguir hacer estas declaraciones”, manifiesta.

De este modo apunta que para solucionar esta situación “lo primero que se tendría que contemplar es pedir una ampliación del plazo” para presentar toda la documentación. Y es que, “estos días no van a ser suficientes para que los clientes nos entreguen la documentación” en el caso de que se levante el confinamiento en la fecha prevista. Así, explica Denia que “si en vez de vencer el día 20 de abril, lo hace después, habrá más tiempo para que estos clientes puedan entregarnos la documentación” o en su defecto “para que nosotros preparemos alternativas para recepcionarla sin hacerle a nadie que se desplace en esta situación”, añade.

Reconoce que las asesorías se adaptan a las necesidades de los clientes, “pero no todos los clientes pueden relacionarse con nosotros de manera telemática”. Así, explica que “es muy importante cumplir con estos plazos”, porque en el caso de hacerlo fuera de fecha “lo que se origina son recargos al contribuyente”. Y es que “si nosotros presentamos una declaración después del día 20 se va a tener recargos del 5%”, y si en vez de ser realizada por las asesorías fiscales “la hace la administración se está ante sanciones que parten del 50%”, explica.

Por estos motivos advierte a los empresarios y autónomos del perjuicio económico que puede haber en el caso de presentar esta documentación fuera de plazo, pero sobre todo remarca que ante esta situación lo importante y prioritario “es que no debemos salir a la calle” con el fin de terminar con el virus.

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