A partir de esta fecha será obligatorio en Albacete diluir con agua y vinagre los orines de las mascotas en las calles

/Marta López/

Durante los primeros días del mes de marzo entrará en vigor la obligatoriedad de diluir con agua y vinagre los orines de las mascotas en las calles de la capital; así lo confirmaban el Digital de Albacete fuentes del Ayuntamiento.

El Pleno acordó por unanimidad de todos los grupos políticos introducir una modificación en la Ordenanza Reguladora de los Espacios Públicos para Fomentar la Convivencia Ciudadana, más conocida como la Ordenanza Cívica, en este sentido. El nuevo texto se aprobó y se ha expuesto al público. Al no haber recibido alegaciones entrará en vigor en 15 días hábiles tras su publicación. Un texto que fue publicado el día 12 de febrero por lo que entrará en vigor “el próximo lunes 3 de marzo; siendo obligatorio limpiar los orines de los perros, y demás animales de compañía, con agua acidificada, es decir, agua mezclada con vinagre.

En concreto, se ha modificado el artículo 13.7 relativo a las normas de conducta de la limpieza en los espacios públicos. Dicho artículo queda redactado de la siguiente manera: “No está permitido que las mascotas y animales de compañía, en particular perros, realicen sus necesidades en los espacios públicos fuera de los recintos habilitados para ello y, en el caso de que no puedan evitarse la deposición, el propietario, poseedor o tenedor del animal procederá a retirar los excrementos, incluso en los recintos de perros”. 

Se prohíbe expresamente que orinen en las fachadas de los edificios, en los recintos de juegos infantiles y en el resto del mobiliario urbano y en caso de orinar en zonas públicas pavimentadas el tenedor debe verter sobre la micción agua acidificada para limpiar y desinfectar la zona y evitar los malos olores” .

Infracciones y sanciones

Según recoge la Ordenanza Cívica “constituyen una infracción al régimen de limpieza de los espacios públicos la realización de conductas no permitidas y la vulneración de las normas”. Por este motivo, las infracciones consideradas “leves” serán sancionadas “con una multa de hasta 120 euros”. En el caso de reiteración de este tipo de infracción, tendrán la consideración de “graves”.

La sanción prevista para quien no cumpla con esta obligación es de una multa de entre 121 a 1.500 euros, al ser considerada una infracción grave.

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba