/Llanos Esmeralda García/
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a un hombre como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores a la pena de 1 año de prisión y multa de 900 euros.
La sentencia de la Sala detalla como hechos probados y previa conformidad del acusado con los mismos que, siendo titular de una explotación ganadera (de ganado caprino y ovino) situada en una finca en el Rincón del Moro (Albacete), tenía contratados dos trabajadores, uno con categoría profesional de pastor y con una antigüedad en la empresa desde marzo de 2013; y otro, con categoría profesional de peón agrario y con antigüedad de octubre de 2015, ambos dados de alta en la Seguridad Social.
Sin embargo, sigue señalando la sentencia, realizada la visita de inspección por la Inspección de Trabajo a la referida explotación en febrero de 2016, “se pudo advertir las condiciones a las que estaban sometidos ambos trabajadores, y concretamente el horario de trabajo, que excedía claramente de la jornada laboral, la cual se iniciaba a las 7 y se prolongaba hasta las 21 horas”; incumpliendo así cita la sentencia el régimen de horas extraordinarias y residencia de los trabajadores ya que lo hacían “en el mismo inmueble donde se guardaba el ganado, en el que se habían habilitado dos habitaciones, que no reunían condiciones mínimas de salubridad”.
La misma Sala acuerda la suspensión de la pena de prisión indicada siempre y cuando el penado no delinca en 2 años, en cuyo caso dicha pena podría revocarse.


