El Ayuntamiento de Albacete destinará 210.000 euros a proyectos y actividades de integración social

/Marta López/

La Comisión Informativa de Atención a las Personas, celebrada la pasada semana en el Ayuntamiento de la capital aprobaba la convocatoria para el año 2020 de la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades y proyectos de integración social en el municipio de Albacete, condicionada a la emisión del informe de gasto anticipado a realizar por Intervención General.

La convocatoria se financiará con cargo a los créditos existentes en la partida presupuestaria habilitada al efecto en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Albacete para el ejercicio 2020. Así, el Consistorio albaceteño destinará a estas subvenciones 210.000 euros, una cuantía que a priori puede parecer inferior a la de anteriores convocatorias, y es que “el año pasado superaron los 387.000 euros” apuntaba la concejal de Atención a las Personas, Juani García a El Digital de Albacete.

Así subrayaba que “la cuantía es la misma que el año pasado porque vamos a realizar una modificación”. Y es que, a esta convocatoria no concurrirán ni Cáritas ni  Cruz Roja, entidades cuyos proyectos absorbían “la mayor parte de la convocatoria”, con las que el Ayuntamiento de Albacete firmará sendos “convenios de colaboración”, adelantaba la concejal, con el fin de trabajar de manera conjunta en los proyectos que tienen en común con el consistorio de la capital. Por este motivo, “concurrirán a esta convocatorio entidades que son equiparables en cuanto a medios y recursos”, lo que apunta “supondrá una mejora” de la misma.

Esta convocatoria se ha regido conforme a las ‘Bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Albacete publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 27 de febrero. Así, esta convocatoria será anticipada, ya que se han aprobado en el ejercicio presupuestario anterior a aquel en el que tendrán lugar la resolución de las mismas, “siempre que la ejecución del gasto se realice en la misma anualidad en que se produce la concesión y exista crédito adecuado suficiente en la aprobación inicial del presupuesto del ejercicio siguiente al que ha de imputarse el compromiso de gasto”, inciden.

Destinatarios

Estas subvenciones responden al objetivo de “facilitar la participación de la ciudadanía en la realización de acciones y/o medidas de acción positivas que fomenten la inclusión social y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en situación de riesgo de exclusión social”, subrayan.

Además, regula el régimen jurídico de las subvenciones, que el Ayuntamiento de Albacete como órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión, destina a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades de integración social de personas en situación de riesgo o exclusión social en Albacete de cara al año 2020.

De este modo podrán ser objeto de subvención los proyectos cuyos contenidos desarrollen las siguientes acciones y/o actividades de carácter social, formativo, de prevención e integración social. Así, indican que “se considerarán gastos subvencionables los directamente relacionados con la ejecución de los proyectos, actividades o acciones aprobados, que se correspondan con carácter general con el ejercicio económico correspondiente (del 1 de enero al 31 de diciembre), salvo los proyectos y actuaciones de familia e infancia que se hacen coincidir con un curso escolar, que solo serán subvencionables gastos hasta 30 de junio 2020”.

Por el contrario no son subvencionarles las actividades y proyectos que sean susceptibles de financiación por oros servicios o convocatorias municipales. Del mismo modo que tampoco lo serán los gastos relacionados con la alimentación, dietas y alojamientos de manera temporal, “salvo que sean inherentes e imprescindibles para el desarrollo del proyecto, estén presentes en el formulario del mismo y sean aprobados”.

Cuantía y forma de abono

Los proyectos podrán ser subvencionados en el 100% de lo solicitado, que nunca excederá del 80% del coste total del proyecto. De este modo, la subvención máxima aprobada en esta convocatoria de 2019 no excederá de 30.000 euros.

Esta subvención podrá ser compatible con otras provenientes de otras entidades, siempre que se especifique a la administración a la cual se ha solicitado, que cubran gastos distintos y que en ningún caso exceda del coste total del proyecto. Así, el abono de las subvenciones aprobadas para proyectos se efectuará el pago del 50% en la fecha de aprobación de la subvención y el restante 50% una vez se haya justificado el primero.

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