Absuelta de homicidio imprudente la acusada de matar a su pareja en Castilla-La Mancha

/Redacción/

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha dictado sentencia en la que, como ya hizo el jurado popular durante el juicio, ha absuelto del delito de homicidio imprudente a la joven de El Casar acusada de matar a su pareja en septiembre de 2018, al concurrir la circunstancia eximente completa de miedo insuperable.

Así lo indica la sentencia, consultada por Efe, que recuerda que el jurado considera la acción que causa la muerte a la pareja “un acto en el que concurre el miedo insuperable, circunstancia eximente de la responsabilidad criminal”.

Y añade que la acusada salió corriendo del domicilio “presa del miedo” ante las agresiones de la víctima y que, “por el temor insuperable de que la ocurriera algo, le clavó el cuchillo”.

La sentencia también hace hincapié en que dicho incidente “no es esporádico o accidental”, sino que existe el precedente fundando de comportamiento violento de la pareja -con la que mantenía una relación intermitente-, ya que en mayo de 2017 fue condenado por un delito de malos tratos en el ámbito familiar por el Juzgado de Instrucción número dos de Guadalajara.

Recuerda que en la madrugada del día de los hechos -2 de septiembre de 2018- ambos estaban juntos en la vivienda, cuando se entabló “una fuerte discusión” en la que se agredieron física y mutuamente, por lo que la acusada cogió un cuchillo de cocina, lo exhibió ante la víctima, salió del domicilio corriendo y se dirigió a casa de sus padres.

Agrega que cuando se encontraba en la puerta de la vivienda de sus padres se percató de que la pareja la había seguido y comenzaron una nueva discusión en la que la víctima la agarró del cuello y la acusada temió por su integridad, momento en el que le asestó “una fuerte puñalada” con el cuchillo que portaba y se lo clavó en el tórax, a la altura del corazón.

Tras ello abandonó el lugar, se subió a su vehículo particular y volvió donde había quedado la víctima malherida, que ya estaba siendo atendida por un vecino.

Y explica que juntos colocaron a la pareja en la parte trasera del vehículo de la acusada, quien lo trasladó a un centro de salud donde falleció.

En este punto, la sentencia incide en que su intención no fue causar la muerte de la pareja, “pues nada más darse cuenta de la gravedad de la situación reaccionó socorriéndole de la forma más rápida que se le ocurrió”.

La Fiscalía pedía siete años de prisión por homicidio al considerar esta actuación “desproporcionada”, mientras que su defensa solicitó la libre absolución alegando la eximente completa de defensa propia, además de otras eximentes y atenuantes como la embriaguez, el auxilio prestado o el miedo insuperable.

De acuerdo con el veredicto del jurado, hecho público el pasado 24 de octubre, el juez la absuelve del delito de homicidio imprudente “al concurrir la circunstancia eximente completa de miedo insuperable, con todos los pronunciamientos favorables”.

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