Casi 60 propietarios de perros peligrosos fueron denunciados en Albacete durante 2018

/Sandra Manzanares/

Disminuye el número de propietarios de perros denunciados en 2018, y lo hace un tercio respecto a 2017, resultando 141 las sanciones emitidas. De ellas, 59 corresponden a dueños de perros potencialmente peligrosos, diez menos que en 2017. A la mitad se reducen también las sanciones procedentes de la Ordenanza Cívica de Albacete relativas a la tenencia de animales de compañía, quedando la cifra en 82.

Como refleja la Memoria de la Policía Local de 2018, en este año se han denunciado a 78 propietarios de perros menos, pasando de los 219 de 2017 a los 141 de 2018. Las multas a dueños de perros potencialmente peligrosos descienden en diez, situándose en 59 y siendo los meses más propensos a estas denuncias los de mayo y julio, con una decena de sanciones cada uno. Las sanciones oscilan entre los 121 y los 3.000 euros, pudiendo además llevar aparejadas como sanciones accesorias para el caso de animales potencialmente peligrosos la confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio del animal y la suspensión temporal o definitiva de la licencia administrativa para su tenencia.

Cabe recordar que la Ordenanza Cívica detalla que “toda persona propietaria o poseedora de un perro clasificado como potencialmente peligroso tiene la obligación de obtener en el Ayuntamiento, conforme al procedimiento legalmente establecido, la licencia administrativa que con carácter personal e intransferible faculta para dicha tenencia, así como para conducir y transitar con el animal en cualquier espacio público. Incumbe al titular de la licencia la obligación de inscribir dicho animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos”.

Sobre éstos, la ordenanza señala que “no está permitida su circulación por los espacios públicos si no van acompañados de personas capacitadas y deberán ser conducidos mediante cadena o correa adecuada según el tipo de perro y provistos de bozal cuando estén calificados como potencialmente peligrosos”. Además, la Ordenanza es clara al afirmar que “no podrán estar sueltos en las vías públicas, parques, jardines, zonas verdes, caminos naturales o cualquier otro espacio público, incluso en las zonas acotadas y dispuestas para la emisión de excretas”, esto es, recintos de perros, “cuando pueda existir riesgo para la seguridad de otros animales o personas”, indica.

Con una reducción de prácticamente la mitad de las multas, el apartado de tenencia de animales de compañía correspondiente a la Ordenanza Cívica registraba 82 sanciones, en este punto remarcar que, por ejemplo, si los dueños no recogen los excrementos de sus mascotas se arriesgan a sanciones que van desde los 120 a los 1.500 euros, incluso, a las más graves, llegan a los 3.000 euros, cuantía que depende de dónde se cometa la infracción, ya que no es lo mismo que sea en una calle que en un parque de juegos infantiles.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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