Novedades en el Cheque Escolar para las familias de Albacete

/Sandra Manzanares/ Fotos: Víctor Fernández/

Cambian las cuantías del Cheque Escolar en Albacete, aunque el presupuesto total es el mismo que el curso anterior, 450.000 euros, en esta ocasión existirán dos tipos de cheques: de 90 euros y 60 euros, modificándose también los baremos de la renta per cápita.

Así lo explicaba la concejal de Educación, María Ángeles Martínez Paños, quien presentaba este miércoles las bases de la nueva convocatoria del Cheque Escolar, cuyo plazo de solicitudes será de de 15 días hábiles una vez que las bases se publiquen el Boletín Oficial de la Provincia. Como apuntábamos, la nueva tipología del Cheque Escolar será de 90 y 60 euros, perteneciendo a ese primer baremo las familias con una renta per cápita de 0 a 5.000 euros, y al segundo, aquellas que se sitúen por encima de los 5.000 euros. 

Diferencia respecto al año anterior, cuando los cheques correspondientes al curso escolar 2018/2019 se fijaban en tres: de 100, 90 y 60 euros. En el caso de viudedad o discapacidad del 33% o superior, el cálculo de la renta familiar se realizará “considerando que hay un miembro más”, sostenía. Se entiende por renta per cápita familiar los ingresos familiares divididos entre el número de miembros computables de la unidad familiar.

Cabe recordar que el Cheque Escolar se concederá para un periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2020, habiéndose beneficiado del mismo en la anterior convocatoria casi 500 familias, “cubriéndose todas las peticiones”, decía Martínez Paños. Para este año se espera dar respuesta a 500 solicitudes, quedando condicionadas las cantidades correspondientes al ejercicio 2020 a su inclusión en el presupuesto municipal dicho año.

Beneficiarios

Con la concesión del Cheque Escolar se busca ayudar a las familias más desfavorecidas económicamente para la escolarización de los menores de tres años matriculados en Escuelas Infantiles de titularidad privada del municipio de Albacete, autorizadas por la Administración Educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.

Los beneficiarios del Cheque Escolar son los padres, tutores o representantes legales de los niños que hayan cumplido en primer curso los 4 meses, y hasta los 3 años, que asistan a las Escuelas Infantiles privadas de Albacete, con un mínimo al día de cuatro horas en la escuela. Un cheque, que según Martínez Paños, va destinado “únicamente a costear la Educación y no gastos complementarios”, como pudiera ser el comedor, puntualizando que ,“de manera excepcional”, y en caso de derivaciones de los Servicios Sociales Municipales, “se podrían cubrir gastos como el desayuno o el comedor”, indicaba.

Listas provisionales

Cabe destacar que las listas provisionales de solicitudes se publicarán en el tablón de anuncios electrónicos en la página web institucional del Ayuntamiento de Albacete, (www.albacete.es). Sin embargo, el hecho de figurar en esta lista provisional no supondrá adquirir la condición de beneficiario de la convocatoria, lo que se obtendrá únicamente en la resolución definitiva, incidía la edil. La solicitud del Cheque Escolar se podrá presentar telemáticamente en la web del Ayuntamiento o presencialmente en el Registro General del Consistorio.

Obligaciones de los beneficiarios

– Devolver de inmediato los cheques al Ayuntamiento en caso de no tener que utilizarlos por cualquier causa.

– Entregar a la Escuela únicamente el cheque del mes en curso. En ningún caso se podrán entregar varios cheques a la vez.

– Comunicar al Ayuntamiento la renuncia al cheque por obtención de ayudas o cualquier otro recurso público con la misma finalidad.

– Utilizar con la mayor responsabilidad los cheques recibidos, y a entregarlos mensualmente en la Escuela correspondiente.

– Comunicar al Ayuntamiento las renuncias al cheque, y las bajas o cambios de Escuela, antes del día 20 del mes anterior.

– Proporcionar al Ayuntamiento la información que se le requiera a efectos de seguimiento y evaluación de la Convocatoria, y facilitar la verificación de la correcta utilización de los cheques a cualquier responsable que el Ayuntamiento designara para ello, a través de los medios que se consideren más adecuados.

– Utilización del cheque para sufragar los gastos de enseñanza o servicios complementarios para los que ha sido concedido. Su utilización para gasto diferente determinará su inmediata retirada e inicio del procedimiento administrativo correspondiente.

– Cumplir todas las obligaciones indicadas en las Bases. En caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en las Bases reguladoras, bases de convocatoria y en la Normativa reguladora de subvenciones, los adjudicatarios del cheque escolar, como perceptores de fondos públicos, quedarán sometidos al régimen de sanciones.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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