El gerente y el encargado de una una empresa podrían ir la cárcel por la muerte de un trabajador en Casas Ibáñez

Dos hombres se enfrentan cada uno de ellos por un presunto delito de homicidio imprudente a una pena de 3 años y 6 meses de prisión tras fallecer un trabajador en una granja avícola de Casas Ibáñez de la que uno de los acusados era el gerente y miembro del Consejo de Administración y el segundo, el encargado de la misma mercantil e interlocutor en materia preventiva. El fiscal solicita además para ambos acusados la inhabilitación durante 3 años y 6 meses de los cargos que ocupaban en empresas dedicadas al mismo objeto social y a indemnizar a la mujer del fallecido en 115.035,21 euros más 9.000 euros como factor de corrección, y en 9.586,26 euros más 800 euros como factor de corrección a cada una de las hijas. 

3La cita de los acusados con la Justicia tendrá lugar el próximo jueves, 17 de enero, en el Juzgado de lo Penal Uno de Albacete. 

El escrito de acusación de la Fiscalía señala que el gerente y miembro del Consejo de Administración de una granja avícola en Casas Ibáñez, “era conocedor de los trabajos que se desarrollaban en la empresa y las condiciones en que los mismos se venían llevando a cabo, así como que se estaba destinando a trabajadores a realizar tareas o trabajos distintos a los correspondientes a sus puestos de trabajo y para los que tales trabajadores no tenían la formación necesaria ni disponían de las medidas de seguridad pertinentes, entre ellos trabajos de mantenimiento de las instalaciones de la empresa”. 

Del mismo modo, el segundo acusado y encargado de la misma mercantil e interlocutor en materia preventiva con el servicio de prevención ajeno, “conocía los trabajos de reparación y de las condiciones en que se iban a desarrollar aquellas funciones y de la categoría y formación que tenían los trabajadores a quienes había encargado tales labores”. 

Así, el 4 de abril de 2015, sigue detallando el escrito de la Fiscalía que, sobre las 11:40 horas el trabajador, de 58 años en el momento de los hechos, quien prestaba servicios para la empresa como encargado avícola, junto con otros trabajadores, estaba desarrollando las funciones para las cuales había sido seleccionado, en el centro de trabajo en Casas Ibáñez, antigua fábrica de piensos de la mencionada empresa que se estaba acondicionando como almacén. Así en esta nave se estaban colocando “corrimiento vertical de panel sándwich para aprovechar al máximo la longitud de la nave y cerrarla justo en la zona donde las cerchas no disponen de cubierta, siguiendo para el desempeño instrucciones de la empresa y bajo las órdenes del encargado”, que fue la persona que detalla el fiscal el día del accidente ordenó a los trabajadores, entre ellos la víctima, “realizar los trabajos de reparación y mantenimiento en que se produjo el accidente”. Es más, señala el fiscal, que el día de los hechos “el encargado se ausentó del lugar en el que se produjo el accidente y donde varios trabajadores desempeñaban las funciones por él encomendadas, permitiendo que las labores se realizaran sin su dirección y control, regresando al lugar instantes antes de que se produjera el siniestro, sin que en ese momento mandara a la víctima y a los otros que cesaran su actividad o que adoptaran medida de protección alguna”. 

La víctima en el momento de los hechos estaba realizando “trabajos de reparación de goteras en cubiertas ligeras de fibrocemento y poliéster con fibra de vidrio translúcido, sin ningún tipo de protección colectiva, ni individual debiendo pisar para realizar los trabajos indicados, en las cubiertas ligeras referidas, pisando directamente sobre las mismas, sin haber instalado con carácter previo ninguna medida de prevención”. Realizando estas tareas el trabajador sufrió una caída que ocasionó el fallecimiento.

Relata el escrito de la Fiscalía que la edificación se encontraba en mal estado de conservación, falta de parámetros laterales y presentaba su estructura metálica deteriorada, e incluso que dichos trabajos de reparación de desperfectos en cubierta se estaban llevando a cabo sin que se hubiera identificado y evaluado previamente los riesgos para la seguridad y salud, tampoco se habían definido los procedimientos de trabajo a seguir, ni adoptado las medidas y actividades preventivas necesarias para eliminar y controlar tales riesgos, ni se había proporcionado al trabajador formación específica en relación a los riesgos derivados de la realización de tales tareas y sus correlativas medidas de protección y prevención.

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