Condenan al SESCAM por una grave negligencia médica cometida en un hospital de Castilla-La Mancha

/Lidia Rodríguez/

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo condena al SESCAM a indemnizar a una paciente con 200.000 euros por una negligencia médica en el Hospital Santa Bárbara de Puertollano.

Esta mujer, de actualmente 52 años, fue tratada de un cáncer que no padecía en mayo de hace 4 años, y por el que a consecuencia de un diagnóstico erróneo, se le extirpó el útero, la trompa de falopio, el ovario izquierdo, así como parte del colon y el recto, además de colocarle una bolsa para recoger las heces.

Según explica a El Confidencial de Ciudad Real el abogado de la defensa, José Manuel Morales del bufete Dámaso de Puertollano, los hechos se remontan a abril de 2014 cuando R.R ingresa en dicho hospital debido a un proceso asmático. Ese mismo día se le realizó un TAC torácico encontrándose en esa prueba por casualidad una marcada dilatación del sistema pielocoidal en el riñón izquierdo. Se le realizó un nuevo TAC abdomino-pélvico en el que se le detectó una masa que podría corresponder a un carcionoma de cérvix, que infiltra múltiples estructuras y órganos abdominales.

Debido a ese hallazgo, según reza la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, se decidió ampliar el estudio mediante otro TAC y una resonancia magnética. Ambas pruebas demostraron la presencia de una masa pélvica que afectaba al cuello uterino, la vagina, tejidos parametriales y los dos uréteres. En estas pruebas no podía determinarse si la masa detectada pudiera tener un origen ginecológico o del colon por lo que se le realizó a la paciente una colonoscopia en la que no se encontró alteraciones de origen cancerígeno, ni en el colón ni en el recto.

No obstante, según explica el letrado, el 11 de abril de 2014 se le realizó una citología en la que no se encontró hallazgo cancerígeno, es decir el tumor era benigno. Ante las discordancias de diagnósticos entre unas pruebas y otras, el doctor decidió que el digestivo estuviera presente en la cirugía y finalmente, la paciente fue intervenida quirúrgicamente el 27 de mayo mediante la técnica de laparoscopia exploradora. En esta intervención se tomaron muestras de la masa pélvica y se hizo una biopsia, cuyo resultado fue un falso positivo que informaba de una tumoración pélvica.

Fue entonces cuando el cirujano digestivo decidió colocarle un catéter en el uréter izquierdo, extirpándosele el útero, la trompa de falopio, el ovario izquierdo, así como la parte final del colon y el recto, llevándose a cabo la realización de una colostomía, que según los peritos de la defensa no es reversible. 

Una vez llegaron las pruebas de Anatomía Patológica se puedo comprobar que no había ninguna célula cancerígena y que por tanto, esa operación no había sido necesaria. “Fue tratada de un cáncer que nunca padeció, con una cirugía muy invasiva”, insiste José Manuel Morales. Por ello, la defensa solicitó una indemnización de algo más de 400.500 euros. 

El perito judicial, concluye que es una mala práxs de los facultativos del SESCAM y que en lugar de extirpar, se podía haber tomado una muestra transrectal ante las discordancias o haber valorado personalmente las imágenes del TAC y la Resonancia magnética, si es que aún consideraba que a pesar de las biopsias negativas de un tumor ginecológico, existía alguna posibilidad de un cáncer de colon. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo considera que la colostomía es reversible y ha rebajado la indemnización a 200.000 euros.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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