Ni viajaron a Tokio ni ella pisará la cárcel

El Juzgado de lo Penal Uno de Albacete ha condenado a una mujer, en su condición de administradora solidaria de una mercantil de viajes, como autora de un delito de estafa a 12 meses de prisión y a indemnizar a la mercantil de viajes estafada en 21.308,40 euros. 

La Sala acuerda del mismo modo la suspensión de la pena de prisión impuesta a la penada por un plazo de dos años, apercibiéndole de que está condicionada a que no delinca durante el plazo de suspensión y al pago de la responsabilidad civil, de lo contrario tendría que cumplir la pena inicialmente impuesta. Ante dicha sentencia cabe recurso. 

La sentencia de la Sala establece en sus hechos probados que, antes del 26 de diciembre de 2014, un hombre en nombre de una mercantil de viajes mantuvo conversaciones telefónicas con la acusada, administradora de otra mercantil de viajes, con el objeto de contratar la emisión de 24 vuelos de ida y vuelta Madrid-Tokyo, con salida 28 de marzo y regreso el 16 de abril de 2015, para un grupo de 23 personas. “Tras llegar a un acuerdo sobre el precio de los vuelos”, la acusada “facilitó al hombre las claves de acceso a la página web” de la mercantil de vuelos de la que era la administradora para que “realizara la solicitud de las plazas». 

El 26 de diciembre de 2014 el hombre, actuando en nombre de la mercantil de viajes y “siguiendo las instrucciones que le había dado la acusada y haciendo uso de las claves que por ésta le había sido facilitadas”, efectuó tres reservas, una de 8 pasajeros, otra de 8 y una tercera de 7 con una compañía aérea para vuelo de ida y vuelta, Madrid-Tokyo, efectuándose una última reserva para un pasajero el 29 de diciembre. 

Las dos primeras reservas, señala la sentencia, fueron “canceladas por la aerolínea” el 28 de diciembre por “detectar que se trataba de un grupo y no haberse seguido el procedimiento establecido para este tipo de reservas”. Las dos últimas reservas “fueron canceladas por la mercantil” de la que la acusada era la administradora el 29 de diciembre. 

Igualmente, “siguiendo las instrucciones dadas por la acusada” el hombre realizó tres transferencias bancarias los días 29 y 31 de diciembre a la cuenta titularidad de la mercantil de la acusada por un importe de 18.305,12 euros, correspondiente al importe de las reservas de vuelo.  La acusada en su condición de administradora solidaria de la mercantil de viajes “ocultó al hombre que las reservas habían sido canceladas”. La acusada mantuvo el engaño hasta el 13 de marzo de 2015, “asegurándole al hombre que las plazas y el precio estaban asegurados y que en breve emitiría los billetes”, cuando ninguna gestión se realizó. 

Finalmente, dicta la sentencia, el hombre tuvo que gestionar por su cuenta la compra de los 23 billetes con un coste de 21.308,40 euros, que su mercantil tuvo que pagar. 

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