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La sentencia obliga al Consistorio a readmitir a la empleada o al abono de los salarios dejados de percibir
El Juzgado de lo social número 2 de Albacete ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en la denuncia por despido improcedente de una trabajadora en el Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón, que fue cesada basándose en causas económicas.
Según ha informado CSIF, «el Consistorio incumplió los requisitos que establece el Estatuto de los Trabajadores, tales como poner a disposición de la trabajadora, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades».
Dicho incumplimiento, tal y como se señala en la sentencia, «conlleva el reconocimiento de la improcedencia del despido, condenando al Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o al abono de los salarios de tramitación», han explicado desde el sindicato.
CSIF han concluido afirmando que «como siempre, se trabaja por la defensa de los derechos de los trabajadores a los que representa».